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Este sábado, fecha límite y despidiendo febrero, hemos sabido que Bankia ha ganado 747 millones de euros en el año 2014, concretamente un 83% más que un año antes, y esta cifra con la resta de los 312 millones de euros que se apartaron para indemnizar a los pequeños accionistas que participaron en la salida a bolsa de la entidad.

En la rueda de prensa del fin de semana, Goirigolzarri ha puesto un ejemplo claro: cada diez céntimos de euro que avanza la acción de Bankia, su valor aumenta en 1151 millones de euro y ello supone 714 millones más para el contribuyente por la participación del Estado en la entidad.

Mientras los resultados de Bankia no han dejado de aumentar, los pequeños accionistas mantienen intacto y atrapados sus ahorros en las acciones de la entidad.

El informe pericial de los inspectores del Banco de España abrió el pasado mes de diciembre nuevas circunstancias para que los inversores y afectados por la salida a Bolsa de la entidad puedan recuperar su dinero. Ha sido el mismo juez de la Audiencia Nacional, mediante Auto, el que ha afirmado que hay «indicios fundados de delito» de falsedad en las cuentas con las que la entidad salió a cotizar ha dado un nuevo impulso al caso.

Esto abre la puerta a los inversores que quieran personarse como acusación particular en la causa penal abierta contra Bankia,  Diligencias Previas 59/2012, seguida ante el Juzgado Central de Instrucción nº 4, y ejercitar así el derecho que por ley asiste a cualquier persona que haya sido víctima o perjudicada por un delito de carácter penal. El juez de Instrucción realizará el ofrecimiento de acciones a los perjudicados personados para que, con independencia del castigo de los culpables, se pronuncien acerca de si renuncian o no a la restitución de la cosa, la reparación e indemnización causada por el hecho punible. (art. 109 Ley Enjuiciamiento Criminal).

Así, muchos ciudadanos se suman a la querella que se sigue en la Audiencia Nacional contra Bankia y su matriz BFA, por los delitos de asociación ilícita, apropiación indebida, falseamiento de cuentas así como de la información económico financiero y administración desleal.

En cuanto al tipo de Demanda, el juez valenciano se ha encargado de, tras desestimar la Demanda colectiva contra Bankia la semana pasada, dar razones jurídicamente de peso para desmotivar las Demandas Colectivas, y es que ciertamente la subjetividad de los hechos en la comercialización de las acciones de Bankia entre los distintos ahorradores da un voto a favor a las acciones individuales, pues son las únicas acciones que pueden atender a la realidad del hecho en concreto y por tanto resultar un tanto más efectivas.

 ¿Acción Civil o Penal?

Ambas acciones son totalmente viables, pues como se ha expuesto, la vía civil permite mediante una sentencia estimatoria, recuperar la inversión así como unos posibles daños y perjuicios. Por la vía penal, la acción civil ha de entablarse conjuntamente con la penal, con la posibilidad de personarse como acusación particular en la Diligencias Previas seguidas ante la Audiencia Nacional, solicitando además de la restitución de las cantidades y una indemnización, el castigo de los culpables conforme las penas prevista en el Código Penal para los presuntos delitos que se imputan.

Los pequeños ahorradores y afectados también pueden denunciar la posible responsabilidad patrimonial del Estado por la dejación de funciones del Banco de España y CNMV, así como dirigirse contra el auditor de Bankia –Deloitte-.

En el caso de acción civil, el tiempo de las reclamaciones se está agotando, pues atendiendo a los cuatro años de prescripción de la acción, en Julio de 2015 terminan las posibilidades.  Además cabe recordar que, atendiendo al curso de los acontecimientos, desde Navas & Cusí creemos que con la personación colectiva en la causa penal contra Bankia ante la Audiencia Nacional se podría obtener la reparación civil e indemnización que conlleva toda condena penal.

 

 
Navas Cusí Abogados @NavasCusi
Juan Ignacio Navas (@Jinnavas) Socio Director
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