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Tras la compra por parte de Banco Santander de Banco Popular, algo más de 300.000 accionistas perdieron el montante total de las inversiones que habían realizado en la entidad, tras la amortización que se ha llevado a cabo desde las autoridades europeas.

La CNMV aclaró, tras la suspensión de la cotización del Popular en Bolsa, que “todos los accionistas de Banco Popular Español S.A., así como todos los titulares de bonos contingentes convertibles y de bonos subordinados, han perdido totalmente su inversión”.

Por otra parte, la propia CNMV está desarrollando una labor de investigación por un posible abuso de mercado llevado a cabo por la entidad financiera, lo que conllevaría una mala praxis en cuanto a las cotizaciones de las acciones y al uso de información  excepcional y a la que desde el propio banco se tenía acceso. Recordemos que Banco Popular, es conocido dentro del mercado financiero por sus habituales artimañas para enmascarar, en otras cuestiones, por ejemplo la tasa de morosidad de la entidad financiera, que ha pasado del 14,91%  reconocido por los anteriores responsables, al 20% según los datos examinados por Banco Santander.

 Ante esta situación, los accionistas, retomando ante la crisis inversionista surgida y una vez pérdidas todas sus acciones, proponen casi como única solución, pleitear contra el responsable legal del banco para, al menos, poder recuperar sus inversiones.

Desde el Banco Santander, en principio se descarta realizar compensaciones económicas a inversores minoristas,  pero aseguran que han tenido en cuenta el coste de los procedimientos judiciales que prevén se interpondrán contra la entidad.  En los próximos días está previsto que se abra el periodo de suscripción de acciones para la anunciada ampliación de capital prevista por el Santander para hacer frente a los costes reales que le ha supuesto esta adquisición.

No obstante lo anterior, la única vía que tienen los accionistas es la de presentar una reclamación frente la entidad Banco Popular y también frente Banco Santander, quienes responderán de forma solidaria; y en caso de sentencia favorable, ésta se ejecutará frente a la entidad que sea solvente y que seguramente será Banco Santander.

Respecto la acción judicial, esto dependerá en cada caso concreto. No es lo mismo adquirir las acciones la última semana de junio, que en el año 2009 – por ejemplo- y también tenemos los afectados por deuda subordinada, bonos y preferentes de la entidad Popular. En cada caso debe hacerse un pequeño estudio previo para verificar el tipo de acción que se va a ejercitar, y una vez se tenga constancia, empezar con la reclamación.

De forma subsidiaria, deben saber los perjudicados que tienen también la opción de ejecutar la sentencia ante el MUR, siendo que la Comisión Europea es responsable también de los daños acontecidos.

 

En Navas&Cusí Abogados contamos con más de 40 años de experiencia y más de 470 sentencias ganadas contra el sector bancario.

 

 

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