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Debemos conocer las cláusulas abusivas para poder evitarlas

Cláusula suelo, vencimiento anticipado, intereses de demora abusivos, redondeo al alza, comisiones de estudio y apertura del crédito hipotecario, gastos de formalización de hipotecas, titulación, cesión de créditos, renuncia al beneficio de exclusión, división y orden, IRPH como cláusula abusiva y la problemática de las hipotecas multidivisa …  todas ellas y otras tantas constituyen un tema de actualidad en todos los hogares españoles y de gran preocupación para el consumidor, temerosos de ser alguno de los afectados.

Así podemos afirmar que cada día el consumidor está más protegido por las resoluciones judiciales de los juzgados y tribunales de instancia españoles y por el propio Tribunal de Justicia de la Unión Europea que reconocen la abusividad y declaran la nulidad radical de estas cláusulas. Ellos velan por el cumplimiento de los principios de transparencia e información, procurando la existencia de una relación de justo equilibrio entre el consumidor y la entidad bancaria.

Antes de detenernos a analizar alguna de las cláusulas abusivas más frecuentes, debemos tener claro qué es una cláusula abusiva. Como bien sabemos todos, la cláusula es abusiva cuando no es negociada individualmente, ha sido impuesta por una sola de las partes, la entidad financiera, y la otra, el consumidor, sólo se puede adherir a ella. Esta cláusula va en contra del principio de buena fe, y causa un desequilibrio entre los derechos y obligaciones del consumidor.

¿Qué cláusulas abusivas son más frecuentes en los préstamos hipotecarios?

Cláusula suelo o limitativa de interés variable.

La cláusula abusiva más famosa en España. Numerosas hipotecas contienen esta cláusula que establecen un tope o un mínimo de interés a pagar en las cuotas mensuales a pesar de bajar si el tipo de referencia a aplicar (normalmente el Euribor) desciende.

Recientemente se ha pronunciado sobre ella el propio TJUE en su sentencia de 21 de diciembre de 2016 poniendo punto y final al enfrentamiento entre consumidores y entidades financieras sobre la retroactividad de la devolución de las cantidades cobradas de más.

Cláusula de interés de demora abusivo.

En numerosas ocasiones, los bancos incluyen en los préstamos hipotecarios una cláusula en la que se fijan intereses de demora superiores a los legales, resultado la suma de cuotas impagadas y los intereses un aumento excesivo de las cantidades para los casos de hipotecados que lleven algunas mensualidades de su hipoteca sin pagar.

Bien claro establece el artículo 114 de Ley Hipotecaria que los intereses de demora no podrán superar tres veces el valor legal del dinero en los casos de préstamos hipotecarios para la adquisición de vivienda habitual.

Cláusula de vencimiento anticipado.

Esta permite al banco ejecutar la hipoteca en el momento en que haya impago de parte del prestatario. El Tribunal Supremo ha presentado una cuestión prejudicial al TJUE para que determine el alcance de la nulidad de esta cláusula cuando el juez español la considere abusiva.

Comisiones de estudio y apertura del préstamo hipotecario.

Estas son comisiones totalmente abusivas, si no las aceptas no te conceden la hipoteca, sin poder ser negociada por el cliente. Es más, si contratamos el préstamo con nuestro banco habitual, no tiene sentido cobrarnos por conocer nuestra solvencia cuando ellos de antemano ya la conocen.

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