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Esta semana la Comisión Europea ha multado con más de 480 millones de euros a las entidades HSBC –The Hong Kong and Shanghai Banking Corporation-, JP Morgan y Credit Agricole al considerar que las mismas han manipulado el Euribor. Se les acusa de haber llegado a un acuerdo entre las mismas contrario de manera absoluta a las normas sobre competencia que mantiene la Unión Europea.

manipulación del Euribor

La entidad más castigada de las anteriormente mencionadas ha sido JP Morgan, con una multa superior a los 330 millones de euros siendo la menos penalizada la multinacional británica HSBC con poco más de 30 millones de euros.

Estas entidades, en concreto sus agentes encargados de gestionar los diferentes instrumentos financieros, llegaban a acuerdos entre ellos para establecer un valor determinado que cada una de las entidades iba a fijar para el posterior cálculo del tipo de interés Euribor con el único objetivo de lucrase y aumentar los beneficios propios de cada una de las entidades penalizadas.

Las reglas del juego son dignas de mencionar; todos los días una reconocida agencia denominada Thompson Reuters lleva a cabo una encuesta en la que participan representantes de más de una treintena de entidades del continente europeo a través de la cual ponen sobre la mesa el precio al que están dispuestos a prestar dinero a otros bancos. De dichas propuestas se elabora una media y el resultado final es el Euribor, tipo de interés utilizado en el día a día para miles de operaciones, desde créditos hipotecarios hasta todo tipo de productos financieros complejos.

Los ahora castigados llevaban a cabo una práctica nada acorde con la buena fe al negociar con diferentes entidades esta propuesta de tipo de interés que debían proponer a la citada agencia y de esta forma obtener grandes beneficios a costa de la buena práctica bancaria y de, por supuesto, los ciudadanos de la Unión Europea.

Los Tribunales de nuestro país no han querido quedarse atrás respecto de esta fraudulenta forma de actuar de las entidades anteriormente citadas; por ejemplo, un Juzgado de lo Mercantil de la ciudad de Sevilla se ha pronunciado en Sentencia de 28 de octubre de 2016 al disponer originaria de un procedimiento en contra de Caixabank por entender el demandante y consumidor que, entre otras, la cláusula relativa al tipo de interés variable -Euribor- es abusiva y por ende nula.

La Juzgadora de Instancia, tras una extensa y completa exposición acerca del Euribor, sus medios de cálculo y el origen de la problemática y ya castigada manipulación del Euribor entiende que los particulares estén indignados y que, en concreto el demandante, considere que dicha manipulación llevada a cabo en el tipo de interés ha influido directamente en los pagos de su hipoteca en relación con los intereses devengados en cada cuota de la misma.

Deduce la Juzgadora que en concreto, Caixabank, consecuencia de diferentes investigaciones en la materia, protagonizó malas prácticas bancarias entre los años 2005 a 2008 y que, según el fallo de la Sentencia, deberá ser el demandante en el momento procesal oportuno -ejecución de la citada Sentencia- quien deba determinar a su entender, y con fundamentos, qué tipo de interés se le debió aplicar en dicho periodo y por ende qué cantidades de las ya abonadas le deberán ser reintegradas en su préstamo.

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