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Los Juzgados y Tribunales ya declaran la nulidad de la cláusula de afianzamiento

La cláusula de afianzamiento puede ser declarada abusiva para aquellos deudores que se encuentran en ejecución hipotecaria.

Debido al gran volumen de casos y el gran impacto social que han tenido, las ejecuciones hipotecarias han sido y son uno de los procedimientos judiciales que más destacan en los juzgados, y que más jurisprudencia están realizando.

Está claro que las entidades financieras a la hora de conceder un préstamo a un cliente lo que buscan es la seguridad de que éste lo pueda devolver, y ante esta inseguridad lo que quiere la entidad es poder tener unas garantías. La primera de estas garantías, si el préstamo es para la compra de una vivienda, es la garantía hipotecaria. Pero además, cuando esta primera garantía no es suficiente para la entidad, la entidad solicita al cliente una garantía complementaria como es el avalafianzamiento.

Como ya hemos explicado en anteriores artículos, desde hace ya muchos años, la mayoría de las hipotecas constituidas en garantía de préstamos concedidos por entidades de crédito a sus clientes incluyen una serie de cláusulas que vienen siendo consideradas como abusivas. Entre ellas también está la cláusula de afianzamiento.

En este punto es importante indicar la diferencia entre el fiador ordinario y el solidario, ya que la mayoría de afianzamientos en hipotecas se han establecido como solidarios, sin saber los fiadores lo que ello conlleva. La fianza ordinaria supone que el fiador se obliga a pagar el préstamo en lugar del titular de éste en el caso de que éste no lo haga, mientras que el fiador solidario deberá hacer frente a la obligación de pago de forma conjunta con el deudor principal. El caso más común en los últimos tiempos de la figura del fiador solidario es el de los padres que se constituyen como fiadores solidarios de sus hijos.

Transparencia, abusividad y renuncia de derechos

Pues bien, la falta de transparencia en las explicaciones dadas por el empleado de banca sobre las consecuencias de la fianza solidaria junto con la imposición por parte del banco de esta cláusula, así como la renuncia de derechos de beneficio de excusión u orden, división y cuantos otros pudieran corresponderle, no supere el control de transparencia y haya de declararse nula en su integridad. De esta manera, sin la posibilidad de negociación de dicha cláusula, entienden los Juzgados y Tribunales españoles que se está contraviniendo la legalidad vigente, y resulta una cláusula abusiva a tenor de la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Un ejemplo de la nulidad es la sentencia obtenida por Navas & Cusí. Dicha sentencia se dictó en el Juzgado de lo Mercantil nº 10.

Para concluir, lo más importante para cualquier consumidor que este en estos momentos inmerso en un procedimiento de ejecución hipotecaria, es que debe saber que es posible suspender y/o archivar dicho procedimiento de ejecución en virtud de la cláusula de afianzamiento, ya que, siempre que se den los condicionantes antes indicados, dicha cláusula será abusiva, y si el juez no observa de oficio dicha abusividad, siempre puede alegarse por parte del consumidor en cualquier momento.

En el bufete Navas Cusí Abogados somos expertos en Derecho bancario y financiero con más de 30 años de experiencia, si necesitas la nulidad de tu cláusula de afianzamiento podemos ayudarte, ponte en contacto con nosotros o llama al 91 576 11 50 y estudiaremos tu caso.

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Navas & Cusí Abogados
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