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En el contexto típico hasta ahora, dos eran las partes que, en un contrato bancario intervenían (banco y un particular o empresa). Pero ya dentro del mundo financiero hay un sector que, aun siendo minoritario, queda aún más perjudicado: las Aportaciones Financieras Subordinadas, que en España, han sido emitidas por Eroski (AFSE) y Fagor (AFSA). Y es que estamos tratando con deuda subordinada perpetua, las primas hermanas de las participaciones preferentes, pero con una diferencia: están emitidas por sociedades cooperativas.

Defensa afectados por preferentes

El juzgado mercantil núm. 1 de Bilbao, en sentencia de 27 de enero de 2014, ha condenado a la entidad BBVA la devolución a 68 consumidores lo que invirtieron cada uno en unas participaciones preferentes. Pero BBVA no fue quien directamente vendió los productos, sino Eroski. Y precisamente es la empresa la que es la parte demandada en el caso. Estos 68 consumidores demandan a Eroski por publicidad engañosa y a BBVA la devolución a estos clientes de lo que invirtieron en aportaciones financieras subordinadas, de las emisiones 2004 y 2007. La sentencia ha fallado en el sentido que pedía la Fiscalía: condenar a BBVA a devolver las cantidades a los inversores.

Esta sentencia es una prueba favorable más contra lo que los bancos llevan aprovechándose desde hace años atrás: de consumidores inexpertos para así garantizar sus propios beneficios a largo plazo.

Lee el artículo completo en nuestro blog de Afectados por Preferentes.

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Navas & Cusí Abogados
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