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Navas & Cusí Abogados

Entendemos la abogacía actual

Especialistas en derecho bancario, mercantil, comercio internacional y defensa judicial

Navas & Cusí Abogados

Áreas de especialidad

Derecho bancario y de mercado financiero

Bonos convertibles

Derecho bancario y de mercado financiero

El despacho pone a disposición de los suscriptores de bonos convertibles un servicio especializado de asesoramiento y representación jurídica, dirigido a empresas y particulares.

Las entidades financieras dieron facilidades crediticias a sus clientes para la adquisición de estos productos. Actualmente, y después de la bajada de los precios de las acciones a día de hoy, los inversores deberán afrontar la compra obligada de acciones con bajadas de entre el 50% y el 75% de su valor de emisión, debiendo, además, de devolver los créditos que sirvieron para financiar la compra de los bonos.

Navas & Cusí, con amplia experiencia en procedimientos judiciales contra la mala práctica bancaria, reclama a los juzgados y tribunales de este país la nulidad de los contratos suscritos y la restitución de las cuantiosas pérdidas sufridas por los inversores a causa de la incorrecta comercialización de estos productos por parte de las entidades financieras, en los casos en que hayan incumplido sus deberes de transparencia e información durante el proceso de contratación, omitiendo la normativa aplicable a las entidades que operan en el mercado de valores.

¿Qué son los bonos convertibles y/o canjeables?

La convertibilidad supone la posibilidad de transformar un activo financiero en otro. Así, una determinada obligación (bono) puede convertirse en una acción o en otra clase de obligación.

Las obligaciones convertibles o canjeables permiten a su propietario canjearlas por acciones en una fecha determinada.

Hasta la fecha de conversión o canje, el inversor recibe los intereses mediante el cobro de cupones periódicos. El número de acciones que se entregarán por cada bono u obligación, la forma de determinar los precios, así como las fechas de canje o conversión, se especifican en el Folleto Informativo publicado por la entidad financiera emisora.

Llegada la fecha del canje o conversión, el inversor dispone de dos alternativas: