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accionistas banco popular

Recordemos en primer lugar que Banco Popular, durante años, fue uno de los bancos más solventes de España. Si bien, fruto de la mala gestión de su balance, es que en 2017 se declaró insolvente, y consecuentemente, en quiebra. Banco Santander, días más tarde adquirió de manera simbólica a Banco Popular, por valor de 1€.

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En esta línea, a priori, es que los accionistas de Banco Popular, perdieron tras dicha compra, las inversiones realizadas anteriormente. Motivo suficiente para que, quienes resultaron afectados, se movilizaran judicialmente en aras de reclamar su inversión.

Si bien, Banco Santander, ha reculado, tratando de llegar con cada afectado a un acuerdo diferente. Y lo anterior con la mera intención de obviar, en un momento tan difícil para la Banca, verse inmerso en procedimientos judiciales en masa.

Los Bonos de fidelización para los accionistas de Banco Popular

En este contexto es que Banco Santander ha emitido un producto, ofertado aparentemente como una buena solución para evitar perder cuantías invertidas inicialmente.

Sin embargo, la experiencia en el sector nos obliga a alertar de la necesidad de estudiar pormenorizadamente el producto, antes de firmar; pues lo que a priori puede parecer una buena alternativa, podría implicar un grave perjuicio para los contratantes.

A modo resumen, diremos que la oferta que lanza Santander se caracteriza además de por lo dispuesto a continuación, por una enorme particularidad, cual es que, no todos los accionistas del Popular pueden acogerse a la misma.

Así, entre los requisitos, además, encontramos:

  • Las acciones deberán haber sido adquiridas en 2016, concretamente entre el 26 de mayo y 21 de junio.
  • Podrán acogerse igualmente aquellas personas que adquiriesen Obligaciones Subordinadas en los periodos recogidos sobre líneas.
  • Deberán necesariamente, para la fecha, conservar dichas acciones/obligaciones, no habiéndolas vendido.
  • Tendrán además que mantener una relación con la entidad similar a la existente en el momento de contratación de las meritadas acciones/obligaciones.

El plazo concedido por Banco Santander para acogerse a la oferta planteada comenzó el 13 de septiembre del presente, pudiendo los accionistas u obligacionistas acogerse a la oferta hasta el día 13 de diciembre de 2017.

Y lo más importante, ¿qué producto ofertan? Pues bien, Banco Santander no ofrece la devolución íntegra del dinero, sino BONOS. Bonos que generarán un interés del 1%, y que se hará efectivo trimestralmente. En esta línea, la única alternativa para recuperar la inversión inicial realizada a Banco Popular no es otra que la de vender los bonos adquiridos en el mercado secundario.

Sin embargo lo anterior no es una operación tan sencilla, toda vez que el producto, de poca rentabilidad, será poco cotizado por los inversores.

Desde Navas & Cusí Abogados te podemos ayudar

Tanto si te acogiste a los Bonos como si no eres un afectado del Popular y la ley está de tu lado y como bufet de abogados expertos en derecho bancario podemos ayudarte a recuperar tu dinero, ponte en contacta con nosotros enviando el formulario de contacto o llamando al 915 76 11 50 y estudiaremos tu caso de forma personalizada.

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Navas & Cusí Abogados
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