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En otros artículos ya se ha hablado sobre la naturaleza de las Participaciones Preferentes y sobre su complejidad y funcionamiento. Ahora bien, ¿cabría pensar en las Participaciones Preferentes como un producto sencillo, sin complejidades y sin entresijos?

La respuesta es rotundamente NO, por mucho que se empeñen las entidades financieras en insistir en la simplicidad de este producto financiero. Para catalogar dicho productor como “complejo” o “ no complejo” deberemos atender de una forma objetiva al producto en sí y a su naturaleza y características, no al destinatario, pese a que ésta pueda ser de perfiles muy diversos.  Atendiendo a la naturaleza de las Participaciones Preferentes muchas son las características que las  convierten en un producto financiero de riesgo y altamente complejo, para empezar por la confusión a la que puede dar lugar su propio nombre al incluir el término “Preferente”, dado que estamos ante una inversión cuya posibilidad de recuperación no tiene nada de “preferente” siendo sus tenedores los últimos en la cola a la hora de cobrar en caso de quiebra o concurso de la entidad o empresa emisora.

Recientemente el Juzgado de Primera Instancia de Madrid nº 68 condenó a Bankia a la devolución del capital invertido – 250.000 Euros- a una pareja. En el referido supuesto, como en la mayoría de casos, la entidad alegó la sencillez de este tipo de contrataciones, declarando el juzgador que la consideración efectuada sobre dicho producto por Bankia como sencillo es del todo inapropiada, considerándolo como “un insulto a la inteligencia” añadiendo que el grado de complejidad que ocultan las Participaciones Preferentes es “más que elevado”. Catalogando de “auténtico sarcasmo” pretender que el producto financiero pueda ser considerado como sencillo o simple.

Podemos hablar de las Participaciones Preferentes como un producto complejo y muy alejado de la sencillez de la que lo revisten los bancos, incluso para aquellos que han trabajado o trabajan en una entidad financiera, este es el caso que dirimió el Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Pontevedra recientemente condenando a la entidad financiera  a devolver los 12.000 Euros que había suscrito una empleada de Nova Caixa Galicia (Abanca) en Participaciones Preferentes.

 

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