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La Sentencia de la Secc. 19ª de la A. Prov. de Barcelona, desestima el recurso de apelación planteado por Banc Sabadell confirmando a su vez la sentencia de primera instancia en la que se decretaba la nulidad tanto del CMOF como del Contrato de Permuta Financiera. Para ello la Audiencia sostiene tras revisar el caso que los deberes de información a los que estaba sujeta la Entidad no se dieron en el caso concreto (no se cumplió la normativa MIFID) llevando tal omisión informativa al cliente a prestar un consentimiento viciado por error.

En este sentido resulta relevante la siguiente reflexión respecto del deber de información:, “El deber de información que pesa sobre la entidad financiera incide directamente en la concurrencia del requisito de excusabilidad del error, pues si el cliente minorista estaba necesitado de esa información y la entidad financiera estaba obligada a suministrársela de forma comprensible y adecuada, entonces el conocimiento equivocado sobre los concretos riesgos asociados al producto financiero complejo contratado en que consiste el error le es excusable al cliente”.

 

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