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Se trata de un mujer viuda con hijos pequeños que invirtió 100.000.-€ en preferentes y 10.000.-€ en acciones de Bankia.

La sentencia estima la existencia de error en el consentimiento por cuanto que la directora de la sucursal reconoció que el producto fue recomendado por ella pese a reconocer que se trataba de un producto de riesgo y que la actora no tenía intención de suscribir un producto que pudiera comprometer el capital invertido todo ello en el marco de una relación de confianza.

La directora recomendó el producto pese a su naturaleza de riesgo porque minimizó los riesgos, en particular el carácter perpetuo y el riesgo de pérdida de capital,  porque a su entender no era previsible la crisis.

Por otro lado, la sentencia estima que pese a que se le entregó a la cliente toda la documentación exigible, la información siempre será insuficiente al trasladarse al cliente inexperto financiero, los riesgos de la operación.

Ver sentencia:

Navas & Cusí Abogados (@NavasCusi)

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Navas & Cusí Abogados
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