Contacta con nosotros
Para garantizar la calidad y la atención personalizada, atendemos con cita previa presencial o videoconferencia. No trabajamos a resultados.

Accionistas Banco Popular. Guía para reclamar acciones del Popular

Guía para reclamar tus acciones del banco popular. Aquí encontrará toda la información para accionistas afectados tras la compra por parte del Banco Santander. Desde Navas & Cusí Abogados, a través de una reclamación, le ayudaremos a recuperar su dinero invertido.
Contáctenos

Guía para reclamar tus acciones del banco popular

El pasado 7 de junio de 2017 finalizó la crisis bursátil de Banco Popular con la venta al Banco Santander por la cantidad simbólica de un euro. En la venta desaparecieron los ahorros e inversiones de todos aquellos que habían confiado en la solvencia de la entidad.

La justicia ha venido ofreciendo posibilidades para que se pudieran reclamar los importes, hasta el 28 de agosto de 2021, siendo esta la fecha límite para reclamar por vicio en el consentimiento las acciones compradas en la ampliación de capital del banco en 2016.

Este plazo fue prorrogado hasta dicha fecha a causa de la suspensión de los plazos de prescripción a causa del estado de alarma provocado por la pandemia del coronavirus en España. No obstante, siguen existiendo figuras legales que permiten reclamar; además de aquellos que hayan realizado las pertinentes quejas

¿Quién puede reclamar o recuperar su inversión en acciones de Banco Popular?

Pueden reclamar todos los inversores y consumidores que hayan invertido en acciones, tanto antes como después de la ampliación. La falsedad y ocultación de información es el argumento principal y ello deriva de incluso antes del año 2009.

¿Qué cantidad se puede solicitar?

Lo más conveniente es hacer un estudio personalizado de cada caso, pero para los casos de vicio en el consentimiento y posiblemente en los daños y perjuicios tratará la cantidad invertida aminorando los dividendos (si se han cobrado). Este sería el perjuicio reclamable en la demanda.

¿Quién tendría que indemnizar?

Aquí la legitimación pasiva, correspondería al Santander S.A., es decir, este sería el responsable de indemnizar a los afectados por la compra del Banco Popular debido a que, el Banco Santander fue la entidad financiera que asumió tanto los derechos como las obligaciones de la entidad Banco Popular S.A., consistiendo dichas obligaciones en el deber de indemnizar a los inversores que ejerciten sus derechos de reclamación.

¿Qué acciones pueden ejercitarse?

La sorprendente cantidad, “un euro”, con la que Banco Santander ha comprado al Popular, no es más que una cantidad simbólica, que lleva aparejada una ampliación de capital de 7.000 millones de euros que el Santander destinará a hacer frente a las nuevas contingencias que puedan aparecer por la gestión de los antiguos administradores y activos tóxicos que ahora forman también parte del Santander, pero nadie ha dicho nada sobre la perdida de capital de los accionistas y de los bonistas, quienes conservan su derecho a reclamar por una comercialización incorrecta, que provoca la nulidad de las operaciones.

Son varias las acciones que se pueden interponer para reclamar el perjuicio ocasionado a los accionistas y tenedores de deuda de Banco Popular, quienes se vieron perjudicados por la venta del Popular a Banco Santander.

Es importante destacar que se puede interponer una acción de indemnización de daños y perjuicios en relación al artículo 1.101, por haber incumplido, Banco Popular, con sus deberes de información. Transcurrido aquel plazo de prescripción de 3 años, esta acción podría plantearse de forma independiente, siéndole aplicable, en tal caso, el plazo de prescripción general de cinco años, es decir, hasta el 07 de junio de 2022.

Por otro lado, indicar que también se puede ejercitar una segunda acción para la reclamación de la pérdida de las acciones de Banco Popular, cual es la indemnización por daños y perjuicios derivada del error/vicio en el consentimiento, por cuanto los accionistas suscribieron las acciones bajo la creencia que Banco Popular se trataba de un banco saneado y que recuperarían su inversión. Esta acción tiene un plazo para ser reclamada de cuatro años, desde que se tuvo conocimiento de los hechos, es decir, desde el 07 de junio de 2017, por lo que el plazo para reclamar finalizaría el 07 de junio de 2021, pero debido a la paralización de los plazos causado por la pandemia, este plazo vencería el 28 de agosto de 2021.

Es de destacar que, la reclamación también se focaliza en la vulneración de los artículos 37, 38 y 124 de la Ley del Mercado de Valores, que contempla la responsabilidad del emisor (en este caso Banco Popular) por la elaboración y publicación de la información que se contiene en el informe anual y en el informe de auditoría, así como en los informes financieros trimestrales.

¿Qué coste conlleva acudir a los tribunales? ¿Cuánto tardan los tribunales en resolver?

En caso de obtener sentencia estimatoria, las costas judiciales se recuperan por el cliente. Es decir, lo abonado en concepto de honorarios del abogado y procurador se recupera con la condena en costas a la entidad Banco Santander S.A. más la indemnización obtenida.

Las reclamaciones judiciales tienen un timing de más o menos 9-11 meses en primera instancia. En caso de acudir a segunda instancia (Audiencia Provincial), el plazo se alargaría año y medio más.

¿Qué ha sucedido con banco popular?

Durante el año 2012 se llevó a cabo una primera ampliación de capital por valor de 3.000 millones de euros debido a la cantidad de activos tóxicos de los que Banco Popular era propietario y que por aquellas fechas ya estaba provocando importantes bajadas en la bolsa. Tras esta ampliación todo parecía ir relativamente bien, si además le sumamos las infinitas ruedas de prensa en los que el presidente de la entidad ha afirmado en público que el banco estaba en una inmejorable situación.

Pese a ello, fue el pasado 2016 cuando se hizo necesaria una segunda ampliación de capital donde a los accionistas de Banco Popular se les vendió una imagen de solvencia económica y patrimonial de la entidad indicando que se obtendrían importantes beneficios y un cobro de dividendos. De hecho, la misma entidad ofreció a destajo préstamos bancarios para la compra de acciones del Popular.

Sin embargo, la realidad fue que esos dividendos nunca llegaron y los beneficios se convirtieron en pérdidas. Aunque en un principio se aprovisionaron 4.700 millones de euros, finalmente fueron necesarios 1.000 millones de euros adicionales para hacer frente a la situación económica.

Para más inri, a todo esto, debemos sumarle que el pasado mes de julio de 2016, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) sancionó a Banco Popular con una multa de un millón de euros por la comercialización de los famosos Bonos convertibles, por considerar que se vulneraron los deberes de información a los inversores previstos en la legislación.

La infracción, considerada por la CNMV como “muy grave”, fue ratificada por el Tribunal Supremo, quien en diciembre del pasado año 2016 declaró nula la colocación de los citados bonos por “desconocimiento de la dinámica y desenvolvimiento del producto”, esto es, una clara comercialización incorrecta al no tener en cuenta la adecuación de los clientes a la hora de contratar el producto y ni advertir a los inversores de los riesgos del mismo.

Reclamación accionistas o inversores del Banco Popular

La adquisición por el Banco Santander del Banco Popular mediante el Mecanismo Único de Resolución no significa que accionistas y bonistas no tengan derecho a reclamar su dinero por una contratación que no existió, al nuevo propietario, Banco Santander (quien ha comprado el banco con todos sus derechos y obligaciones) y es quien debe asumir las responsabilidades de la antigua entidad financiera de los accionistas que acudieron engañados a la ampliación de capital, ya que se les ocultaron salvedades que debían haberse hecho en la Auditoría de fecha 31 de diciembre de 2016, perjudicando a los tenedores de títulos que no pudieron ser advertidos de la negativa situación patrimonial de la entidad financiera, impidiéndoles así la posibilidad de enajenar sus títulos y puniendo su dinero a salvo.

En la actual situación pues, Navas & Cusí queremos informar a los afectados de Banco Popular que tienen derecho a reclamar cualquier accionista, bonista o inversor que haya depositado sus ahorros en el Popular.

Es decir, sin perjuicio de examinar cada uno de los casos individualmente, todos los afectados del Banco Popular tienen la posibilidad de ejercitar sus derechos antes las autoridades judiciales.

El argumento básico en todos los casos es el mismo: ocultación de información relevante para el inversor. Y este es un hecho hoy por hoy acreditable, puesto que es el resultado que han dado las Auditorias de PwC.

Y con respecto a los bonos tóxicos y otros que se vendieron, la mala comercializó que se hizo de dichos productos que originó incluso fuertes multas al banco por la CNMV. Algunos accionistas a quien se le entregaron créditos para poder financiar la compra de acciones de la misma entidad, quedando ahora deudores de un crédito cuyo objetivo era la compra de unos títulos que tienen hoy valor 0, pudiendo plantear pues la oposición al pago de dicho crédito.

Los inversores compraban acciones del Popular con una información falsa.

¿Cuáles son las posibilidades de éxito y qué ventajas tiene hacerlo con Navas & Cusí?

Tenemos el antecedente de Bankia, en el que sucedió algo, aunque no idéntico, parecido, y en el que la jurisprudencia mayoritaria se posicionó en favor de los inversores, como también lo está haciendo respecto a las acciones de Banco Popular. En este sentido, en Navas & Cusí tenemos numerosas sentencias favorables, tanto en Juzgados de Primera Instancia, como en Audiencias Provinciales, haciendo que nuestros clientes puedan recuperar su dinero.

Navas & Cusí es una firma legal especializada en derecho bancario y financiero, con más de 34 años de experiencia que nos avalan. Nuestra firma ofrece un trato absolutamente individualizado y personalizado para cada cliente y cada demanda. No abogamos por demandas colectivas para este tipo de procedimientos, puesto que cada afectado tiene una historia de compra en momentos diferentes de tiempo y ello tiene relevancia judicial. Y, como se ha apuntado, contamos con numerosas sentencias favorables a nuestros clientes, en las que se reconoce el daño económico que les supuso la pérdida de sus acciones de Banco Popular, obligando a Banco Popular (ahora Banco Santander) a restituirles las cantidades invertidas, tanto por la propia ampliación de capital de junio de 2016, como las invertidas con anterioridad y posterioridad a la misma.

Sentencias acciones banco popular

Navas & Cusí Abogados, con despacho en Madrid, Barcelona, Valencia y Bruselas, ya cuenta con múltiples sentencias que declaran la nulidad de la compra de acciones de Banco Popular, siendo Banco Santander el condenado y obligado a restituir al afectado / inversor, las cantidades que había invertido. Los juzgados y tribunales de nuestro país entienden que se ha demostrado que Banco Popular ocultó datos fieles de la situación real de su solvencia, y esto hizo que miles de inversores y consumidores acudieran a comprar acciones sin tener un conocimiento real de la tesorería de la entidad financiera.

Abogados banco popular

El derecho bancario ofrece la posibilidad a los afectados por Banco Popular de emprender reclamaciones judiciales orientadas a la devolución de las acciones e inversiones depositadas mediante los productos ofertados por el banco.

Por tanto, la acción judicial deberá dirigirse contra Banco Santander, entidad que compró el Banco con todos sus activos y obligaciones, que asumiendo las deudas y las contingencias de Banco Popular. Es decir, compra con todas sus deudas y obligaciones.

Si desea informarse por teléfono puede llamarnos al 915 76 11 50 o bien al 93 487 97 11 si llama desde Cataluña.

Somos especialistas en estas áreas de práctica