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Navas & Cusí consigue la nulidad de unas participaciones preferentes y deuda subordinada comercializada por Catalunya Banc

Se declara la nulidad de toda una serie de contrataciones de participaciones preferentes y deuda subordinada que  Caixa Catalunya había hecho firmar a una anciana de 70 años y a sus dos hijos en paro. El dinero invertido se trata de los ahorros de toda su vida.

El Juzgador de Instancia recoge en la sentencia que en este caso no cabe albergar la más mínima duda, sobre el carácter de minorista de la actora ya que ni por la actividad que desarrollaban (oficios diversos sin ninguna cualificación la Sra. Barrios y otro tanto los hijos (actualmente en paro), ni por los nulos conocimientos con los que contaban (ningún estudio la madre y estudios muy básicos los hijos), podía afirmarse que fueran unas personas avezadas en la materia, ni siquiera con unos conocimientos mínimos para realizar las operaciones de referencia, lo que obligaba al banco a extremar especialmente la diligencia en sus obligaciones informativas respecto a ellos.

Se recoge en la sentencia que  Caixa Catalunya omitió información relevante sobre extremos esenciales del contrato, facilitando a la parte actora una información claramente errónea sobre algo tan esencial como el objeto del contrato; que lejos de ser unos productos seguros y rentables eran unos productos de alto riesgo.

De la lectura de los escasos documentos entregados a los actores, se evidencia que no solo es que sea ininteligible la real esencia y funcionamiento de los mismos y con ello de los riesgos que conlleva, sino que la escasa información que contienen, es, a veces, incluso errónea, limitándose el banco prácticamente a una información meramente formal e insuficiente.

Navas & Cusí Abogados 

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