La legislación protege a los compradores de vivienda desde el año 1968, cuando se creó la ley diseñada para proteger a los compradores de viviendas. La ley se diseñó para evitar los abusos de los promotores, constructores y empresas o personas dedicadas a la construcción ante los clientes que aportaban cantidades para que se pudiesen edificar las viviendas o las casas. A día de hoy la ley se ha visto modificada pero ha mantenido su espíritu.
Protección del comprador de una vivienda en construcción
Para asegurar la correcta protección de los clientes se decidió que en caso que la construcción no llegase a buen fin los que hubiesen percibido cantidades anticipadas en la construcción y venta de vivienda debían devolver las cantidades aportadas más un seis por ciento de interés.
Del mismo modo la ley obliga al constructor a informar al comprador que tiene derecho a recuperar las cantidades; pero para proteger también al constructor se da la opción que el contrato previese una prórroga en lugar del pago, evitando así que un problema solventable no destruya la construcción.
Del mismo modo la ley obliga al constructor a informar al comprador que tiene derecho a recuperar las cantidades; pero para proteger también al constructor se da la opción que el contrato previese una prórroga en lugar del pago, evitando así que un problema solventable no destruya la construcción.
Cuándo se elimina la Garantía
Ley actual
Los encargados de promover o construir viviendas tienen que aclarar a los clientes que estos derechos son irrenunciables, por lo que si se impone tal cláusula de renuncia esta será anulada y se entenderá por no puesta.
¿A quién puede ser de interés la citada ley?
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