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Abogados expertos en la protección jurídica del software

El software se ha convertido en unos de los principales activos de las empresas y de cualquier negocio digital. Es por ello, que garantizar su protección frente a terceros, resulta de gran importancia para cualquier negocio.
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¿Qué se entiende por Software?

En nuestro ordenamiento jurídico, el software se encuentra equiparado al concepto de programa de ordenador y se encuentra definido en la Ley de Propiedad Intelectual, concretamente en su art 96 como:

“toda secuencia de instrucciones o indicaciones destinadas a ser utilizadas, directa o indirectamente, en un sistema informático para realizar una función o una tarea o para obtener un resultado determinado, cualquiera que fuere su forma de expresión y fijación”

Propiedad Intelectual

La Ley de Propiedad Intelectual en su art 10.1 a) recoge expresamente que serán objeto de la propiedad intelectual los programas de ordenador.  Por ello, el software es considerado como una obra de propiedad intelectual, al menos desde el punto de vista del ordenamiento jurídico europeo, e implica que a su autor se le conceden los derechos morales y patrimoniales.

  • Derechos morales: son aquellos que le corresponden al autor por el mero hecho de ser su creador (derecho de paternidad, integridad, divulgación)
  • Derechos patrimoniales que son aquellos que hacen referencia a los derechos de explotación de la obra. (derecho de reproducción, derecho de transformación, derecho de publicación, derecho de distribución, derecho de comunicación pública)

En el marco de nuestros servicios, asesoramos sobre la forma de protección por la vía de los derechos de autor: sobre el alcance de los derechos, proceso de registro, titularidad, plazo de conservación, cesión de los derechos de explotación y defensa por violación de los derechos.

Contrato de Escrow

El Contrato de Escrow consiste en la formalización de un acuerdo entre las partes, el desarrollador del software y el cliente, por el cual acceden a depositar una copia del código fuente a un tercero de confianza (Agente Escrow)

En el marco de nuestros servicios ofrecemos asesoramiento en el modo de redacción de contratos de Escrow, redacción de modelos y cláusulas adaptadas a cada caso concreto y defensa judicial en caso de incumplimiento.

Secreto empresarial

El secreto empresarial como vía de protección del software consiste en la formalización de acuerdos de confidencialidad entre las partes que van a tener acceso al código fuente.

En el marco de nuestros servicios analizamos la posibilidad de protección a través de la vía de secreto empresarial, el estudio de los requisitos, y el desarrollo de acuerdos de confidencialidad con sus respectivas clausulas.

Asesoramiento jurídico para la protección de software

En Navas & Cusí orientamos y asesoramos en cuestiones relativas a la protección del software en cualquier parte del proceso: en su creación, desarrollo, estudio de las vías de protección y gestión de su comercialización; ofreciendo un asesoramiento especifico y adaptado a cada proyecto concreto.

Así, Navas & Cusí ofrece los siguientes servicios:

  • Asesoramiento y protección jurídica en el proceso de creación y desarrollo del software.
  • Asesoramiento jurídico en el desarrollo de apps móviles.
  • Elaboración de condiciones generales en diferentes modelos de Cloud Computing (IaaS, PaaS, SaaS).
  • Protección intelectual del software. Registro Software.
  • Depósito de código fuente (Contrato de Escrow)
  • Secreto empresarial.
  • Asesoramiento, elaboración y gestión de contratos de desarrollo, licencias de uso, mantenimiento, compraventa o distribución del software.
  • Contratos Outsourcing.
  • Elaboración de informes jurídicos sobre la protección de datos del software.
  • Asesoramiento jurídico en sistemas IoT.
  • Defensa jurídica y asistencia a tribunales frente a infracciones del software.
  • Negociación con proveedores y clientes.