Resolución de conflicto entre socios
¿Pueden surgir problemas en mi sociedad a pesar de haber redactado unos Estatutos Sociales?
Y todo ello, a pesar de haber creado unos estatutos, y que los mismos fuesen elevados a público ante escritura notarial.
¿Puedo evitar, previamente, que surjan conflictos entre socios?
La respuesta es si, podemos adelantarnos a que surjan conflictos entre socios realizando, previo registro de nuestra sociedad, un Pacto de Socios, en el cual se reflejen las funciones, porcentaje de acciones en la empresa, obligaciones, etc.
¿Es obligatorio para constituir una empresa realizar un Pacto de Socios?
No, para constituir una empresa existen una serie de requisitos que describimos en otro artículo, si bien, el Pacto de Socios, se trata de un instrumento que, si bien podemos considerar como básico, pero que no es obligatorio, si bien muy recomendable para evitar conflictos posteriores, los cuales son bastante habituales.
¿Cómo resuelvo un conflicto entre socios si no he realizado un Pacto de Socios previo?
En este caso, el primer documento al que tendríamos que acudir es a los Estatutos Sociales y a la Ley de Sociedades de Capital.
Conforme a esta última Ley, hay tres formas de solucionar los conflictos que se puedan crear entre socios, siendo el más agresivo la liquidación y disolución completa de la sociedad.
Si bien, caben dos opciones más, cuales serían más sencillas y menos perjudiciales en caso de querer seguir adelante con la sociedad, cuales son, la compra de acciones entre los socios, y la escisión de la sociedad.
- La disolución de la Sociedad:
Se trata, como ya hemos dicho, de la solución menos favorable, ya que significa liquidar sociedad con todas las consecuencias que ello lleva aparejado, es decir, resolución de contratos con terceros, de empleados, indemnización a quienes se vean perjudicados por este hecho.
- División de la sociedad:
Se trata de una solución intermedia, entre la disolución total de la sociedad, y la compra de participaciones sociales.
En este caso, lo que se produce es una escisión de la sociedad en dos o más partes, dividiendo de esta forma el patrimonio social de la sociedad matriz. Después de ello, se crea la disolución total de la sociedad que podríamos denominar como primitiva, sin que sea necesaria la liquidación de la misma.
- Compra de acciones:
Este supuesto es el más recomendable para el caso de que el conflicto se haya creado con un número reducido de socios.
Es importante destacar aquí, que la transmisión de acciones es libre y voluntaria, por lo que, sería interesante reflejar en los Estatutos Sociales que, en caso de que un socio quiera marcharse de la sociedad, deberá transmitir automáticamente sus acciones a los socios de la propia sociedad.
Abogados especialistas en asesoramiento legal sobre conflictos entre socios
Si usted tiene un conflicto entre socios, deberá acudir a un abogado especializado en derecho mercantil y societario.
En Navas & Cusí Abogados, somos especialistas en derecho societario, y le podremos asesorar en la mejor forma de llevar a cabo, y acabar, con un conflicto que haya ocurrido entre los socios de su empresa.
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mayo, 2023