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Especialistas en Recursos de Amparo

Navas & Cusí, ofrece asistencia legal mediante un equipo especializado que ha presentado ya numerosos recursos de amparo en defensa de nuestros clientes.
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Abogados especialistas en tramitación de recursos en Europa

El Derecho de la Unión Europea se encuentra regulado en los tratados fundaciones de la Unión Europea como el TUE y el TFUE, pero también en toda una serie de disposiciones como Reglamentos o Directivas, cuya eficacia jurídica directa implica que los Estados Miembros, como lo es España, deban transponerlas al plano nacional.
Nuestra Constitución Española tiene como objeto reconocer y garantizar una serie de derechos a todo el Estado Español. Entre los valores que la misma promulga, destacan la justicia, la libertad, así como la igualdad. Y es que, es a través de su articulado, por dónde se proporcionan los derechos de los españoles.

Entre sus artículos destaca el 53 de la Constitución Española, el cual establece que, todo ciudadano tiene el derecho a recibir la tutela de las libertades y los derechos, reconocidos en el artículo 14 y en la Sección primera del Capítulo segundo. Dicho derecho deberá garantizarse en todo procedimiento iniciado ante los Tribunales ordinarios, en base a unos principios de preferencia y sumariedad y, si fuera procedente, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que es el objeto de este artículo.

Centrándonos en el recurso de amparo, debemos tener en cuenta que este tiene por objeto la protección de los derechos y libertades reconocidos en los artículos 14 y 30.2 de la Constitución Española, así como evitar la vulneración de los mismos. Dicho esto, debe entenderse que este recurso reviste de cierta extraordinariedad pues, su interposición tendrá lugar sólo en aquellos casos en los que se hayan vulnerado los derechos y libertades reconocidas en la Constitución. Es por ello que pocos bufetes de abogados dominan este ámbito, al tratarse de escritos de excepcional complejidad y dificultad.

¿Qué tipos de recursos de amparo existen?

Debemos partir de la base de que, existen diferentes tipos de recursos de amparo en función del origen que tenga el acto al que se le imputa la vulneración de los derechos fundamentales recogidos en la Constitución. En concreto, podemos diferenciar tres tipos de recursos de amparo:

Recurso de amparo contra decisiones o actos que carecen de valor de Ley

En primer lugar, en virtud del artículo 42 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, nos encontramos con el recurso de amparo contra decisiones o actos que carecen de valor de Ley, los cuales emanan de las Cortes o de otros órganos que vulneren tanto los derechos como las libertades susceptibles de protección constitucional.

Recurso de amparo contra las decisiones gubernativas y administrativas

En segundo lugar, estaría el recurso de amparo contra las decisiones gubernativas y administrativas, el cual se encuentra regulado en el artículo 43 de la Constitución. Este se caracteriza porque la vulneración de los derechos y libertades se pronuncian en forma de actos jurídicos, disposiciones, u omisiones efectuadas por el Gobierno o por sus autoridades.

Recurso de amparo contra decisiones judiciales

En último lugar, nos encontramos con el recurso de amparo contra decisiones judiciales. Se trata del recurso más comúnmente utilizado por los ciudadanos, ya que las violaciones de estos derechos y libertades vienen directamente causadas por un acto u omisión de un órgano judicial. Este recurso se encuentra regulado en nuestra Constitución, concretamente en el artículo 44 del mismo cuerpo legal.

Requisitos del recurso de amparo contra decisiones judiciales

Tal y como hemos mencionado con anterioridad, el recurso más utilizado por los afectados que han visto sus derechos frustrados a través de un acto u omisión emitido por un Juez o Tribunal, es el recurso de amparo contra decisiones judiciales. Este requiere para su admisión, que se cumplan los requisitos que se mencionan a continuación:

  • Haber agotado toda la vía judicial a través de los medios de oposición que la justicia hubiese designado al efecto.
  • Que el Órgano judicial sea el responsable de la violación del derecho o libertad de amparo constitucional.
  • Haber denunciado a lo largo del proceso, si se tuvo oportunidad, la vulneración del derecho o libertad constitucional.

El plazo determinado para interponer este recurso es de treinta días, y estos deberán ser contados desde la notificación de la resolución recaída en vía judicial.

Especial trascendencia constitucional

Además, el contenido del recurso debe justificar en todo caso una decisión sobre el fondo de la resolución recaída en el proceso judicial por parte del Tribunal Constitucional argumentando su especial trascendencia constitucional.

En la Sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 25 de junio con número 155/2009, el Tribunal enumeró y describió siete supuestos de especial trascendencia constitucional que a día de hoy constituyen doctrina. Los supuestos se resumen de la siguiente forma:

  1. Ausencia de doctrina constitucional, en concreto el Tribunal dispone que se apreciará especial trascendencia constitucional en aquel recurso que suponga un problema o un aspecto de un derecho fundamental susceptible de protección constitucional sobre el que no exista doctrina;
  2. Modificación de doctrina o aclaración de la misma;
  3. Normativa originaria de la vulneración alegada;
  4. Reiterada interpretación jurisprudencial de la ley lesiva de un derecho fundamental;
  5. Quebrantamiento reiterado y general de la doctrina constitucional por la jurisdicción ordinaria;
  6. Oposición en cuanto al deber de sometimiento a la doctrina constitucional; y
  7. Significativa y general repercusión tanto económica como social de la cuestión originada, o consecuencias políticas derivadas de la misma.

A pesar de considerarse comúnmente al Tribunal Constitucional como una cuarta instancia, lo cual es del todo erróneo, en el caso de querer acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, es un requisito haber finalizado la vía judicial nacional, incluyendo el Tribunal Constitucional.

Por ello, de conformidad con lo expuesto, este recurso debe considerarse como una garantía para la defensa de los derechos inherentes a la persona tanto en el ámbito de la esfera nacional, como en el ámbito de la esfera europea.

No dudes en consultar con nuestros expertos para solventar cualquier duda o escenario con las máximas garantías.