El pasado martes 27 de Octubre de 2015, el Parlamento Europeo estableció su postura en relación al acuerdo que próximamente será formalizado con Suiza y que hará más difícil para los ciudadanos europeos tratar de utilizar algún tipo de mecanismo para eludir sus obligaciones fiscales, mediante cuentas bancarias en el país helvético.
Son varias las actuaciones de las últimas fechas que han ido encaminadas a poner fin a ese “secreto bancario” que hasta ahora ha imperado en las relaciones entre los particulares, las entidades financieras y los Estados miembros.
En concreto, y tal y como fue adelantado en una entrada de este Blog, con fecha 16 de Julio de 2015 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, dictó Sentencia en la que declaraba que el comportamiento de todo Estado miembro que autorizara, a través de su normativa, a las entidades de crédito a denegar una solicitud de información referente a una cuenta bancaria, amparándose en el “secreto bancario”, es totalmente contraria al Derecho de la Unión Europea.
Por este motivo, entre otros y para llevar a cabo lo acordado, la Unión Europea y Suiza intercambiarán la información sobre las cuentas bancarias que sus respectivos residentes tengan en el otro territorio, siendo su fin erradicar cualquier tipo de fraude para con el sistema tributario en los países que forman la Unión Europea, tal y como manifestó el ponente del martes pasado, el Sr. Jeppe Kofod (S&D, Dinamarca):
“No permitiremos que personas o empresas escondan sus activos para no pagar impuestos. Cada vez que alguien comete fraude fiscal, está sustrayendo fondos que podrían dedicarse a educación o sanidad. Poner fin al secreto bancario es un paso importante en la lucha contra el fraude y hacia la justicia tributaria”.
Debemos retroceder hasta el mes de mayo de 2015, cuando la UE y Suiza rubricaron un principio de acuerdo contra el fraude y la evasión fiscal. En el desarrollo de este acuerdo, ambos se comprometieron a intercambiar todo tipo de información no solo sobre ingresos – como intereses y dividendos -, sino también sobre el saldo de las cuentas bancarias y las ganancias derivadas de la venta de activos financieros. El convenio tiene como objeto endurecer las medidas hasta ahora aplicables, equivalentes a las que ya están en vigor en la UE desde el mes de marzo de 2014.
Bajo el paraguas del nuevo pacto fiscal próximamente formalizado entre los Veintiocho y la Confederación Helvética, los Estados miembros de la UE recibirán anualmente los datos identificativos de los residentes que tengan cuentas bancarias en Suiza, información como los nombres, direcciones, números de identificación fiscal y las fechas de nacimiento, así como otra información financiera y del balance en las cuentas.
Desde el pasado 14 de mayo de 2013, la Unión Europea dio mandato a la CE de iniciar las negociaciones con Suiza y otros cuatro países vecinos para tratar de cerrar un acuerdo sobre la fiscalidad de los ahorros bancarios, siendo además de Suiza, Andorra, Mónaco, San Marino y Liechtenstein para revisar los convenios firmados en 2004 sobre la fiscalidad de los ahorros bancarios.
Los próximos acontecimientos que tendrán lugar en relación a este asunto serán con la rúbrica del acuerdo entre la UE y Suiza para su entrada en vigor el 1 de enero de 2017, previa ratificación del convenio por el Parlamento suizo, aunque la consulta al Parlamento Europeo era preceptiva.
Navas & Cusí Abogados