Con motivo de la crisis que atravesamos hace años, en las que se tuvo que rescatar a muchas cajas bancarias españolas, muchas otras entidades bancarias aprovecharon la situación para “deshacerse” de créditos y préstamos en situación de morosidad vendiéndolos a los ya por todos conocidos “fondos buitre”, o fondos de inversión especializados en este tipo de operaciones, que invierten en deuda de una entidad bancaria que se considera de difícil o complicada recuperación o ejecución.
Como actúan las entidades bancarias y los fondos en la cesión de crédito
De esta forma, las entidades bancarias llevan a cabo cesiones de préstamos hipotecarios o créditos que se encuentran en situación de morosidad para así poder recuperar, al menos, parte de la deuda, y si bien dichas cesiones son legales y están reconocidas también jurisprudencial por la propia doctrina del Tribunal Supremo, el caso es que se hacen en claro perjuicio del deudor cesionario.
Y ello porque estas cesiones se suelen hacer como “cesiones o ventas en bloque”, es decir, estableciendo un precio global y conjunto de los créditos cedidos, sin poder individualizar el crédito o préstamo en concreto, sobre el que se podría, en todo caso, ejercitar el correspondiente derecho de retracto o tanteo, según el caso. Esto es, el derecho de subrogarse en las mismas condiciones en las que lo ha hecho el nuevo titular o acreedor, bien sea ejercitado ese derecho con posterioridad a la cesión (derecho de retracto) o con anterioridad (derecho de tanteo)
Con ello y con estas “cesiones en bloque” se impide que los deudores puedan ejercitar dichos derechos, al no cumplirse uno de los requisitos necesarios para su ejercicio, cual el la individualización del crédito. Convirtiéndose dichas operaciones, simplemente en operaciones especulativas, que permiten a los fondos buitres engrosar su patrimonio a través de la cesión de créditos que adquieren por un importe mucho menor que el efectivamente adeudado y sin que al deudor tenga la oportunidad de optar a dicha adquisición, ni tan siquiera por un importe igual o incluso superior.
No obstante, como abogados expertos en Derecho de la Unión Europea nos atrevemos a predecir que, más pronto que tarde, la Unión Europea entrará a poner límites a este tipo de operativa, que no hace más que ir en perjuicio de la parte más débil de contrato, que no tiene “ni voz ni voto” en este tipo de cesiones, y que sólo resultan beneficiosas para las entidades bancarias y especialmente, para estos fondos de inversión.
Acciones y negociaciones con los fondos
Los fondos de inversión que adquieren estas carteras -fondos habitualmente internacionales y en ocasiones domiciliados en países o territorios que no destacan por exigir tipos impositivos muy elevados- no lo hacen con la simple intención de engrosar su patrimonio con este conjunto de créditos, sino para reclamarlos inmediatamente por el 100% del importe de la deuda pendiente, salto porcentual (por ejemplo, del 4% al 100%) en el que reside el ánimo de lucro perseguido con estas operaciones.
No obstante, estas cesiones pueden convertirse, a su vez, en una verdadera oportunidad para que el deudor pueda liberarse de su hipoteca o crédito por un precio menor al efectivamente adeudado, negociando con el fondo buitre y consiguiendo importantes quitas sobre el importe adeudado, y con ello logrando que los deudores hipotecarios vean reducido el importe a amortizar de su hipoteca.
Por ello, y mientras no se avance pues en una legislación que proteja los derechos de tanteo y retracto del deudor sobre su propia deuda, hemos de aprovechar estas cesiones para tratar de negociar con los fondos cesionarios tenedores de la deuda y conseguir quitas sobre el importe de la cantidad adeudada que, en la mayoría de los casos, resulta más ventajoso que si se tuviera que negociar con la propia entidad financiera o bancaria, con reducciones más importantes de la deuda.
Si necesitas asesoramiento en desde Navas & Cusí podemos ayudarte. Como despacho especialista en este tipo de negociaciones con fondos buitre te ayudaremos desde nuestras oficinas en Madrid, Barcelona, Valencia y Bruselas.
> Saber más sobre nuestros servicios en cesión de crédito hipotecario