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Cada vez es más frecuente que la Agencia Tributaria solicite a los contribuyentes explicaciones sobre sus operaciones con criptomonedas. Estos requerimientos de Hacienda pueden ser el primer paso de procedimientos de comprobación e inspección que, en muchos casos, terminan en regularizaciones fiscales e incluso en sanciones. Lo más preocupante es que, a menudo, la ganancia que Hacienda te reclama nunca llegó a existir.

Por qué Hacienda puede reclamarte ganancias que no existieron

El problema surge cuando la Agencia Tributaria recibe información de los exchanges o plataformas y la interpreta de forma automática o incompleta. Un movimiento entre wallets propias, un traspaso entre plataformas o una operación con un criptoactivo poco habitual puede figurar como si fuera una ganancia patrimonial, aunque en realidad no lo sea.

Por eso, cuanto mayor es el número de operaciones entre distintos exchanges y más criptomonedas poco comunes se han adquirido, mayor es el riesgo de error: a más datos recibidos por la Administración, más probabilidades de que la valoración de las ganancias o pérdidas patrimoniales no se ajuste a la realidad.

El resultado es que el contribuyente recibe una notificación en la que aparece reflejada una ganancia que no se corresponde con su situación económica real. Y, lo que es más delicado, es el propio contribuyente quien tiene que demostrar que esas ganancias nunca existieron o que están valoradas de forma errónea.

La DAC8 y por qué los datos de los exchanges inducen a error

Gracias a la Directiva DAC8, Hacienda tiene acceso a un gran volumen de datos sobre las transacciones realizadas con criptoactivos. Sin embargo, esos datos no siempre reflejan correctamente la realidad económica del contribuyente: muestran movimientos, pero no necesariamente beneficios. De ahí que un mayor intercambio de información, lejos de aclarar la situación, pueda multiplicar los errores de cálculo si esos datos no se interpretan correctamente.

Un caso real: una “ganancia” de 200.000 € que en realidad fue una pérdida

En nuestro despacho hemos visto recientemente un caso que ilustra perfectamente esta situación. Un cliente invirtió 1.000 € y, a lo largo del año, realizó numerosas operaciones de trading con ese mismo capital. El sistema interpretó cada permuta como una alteración patrimonial independiente, como si ingresara dinero una y otra vez.

La notificación de Hacienda le atribuía 300.000 € en movimientos y una supuesta ganancia de 200.000 €. Pero al analizar correctamente su operativa en un informe fiscal, la realidad era muy distinta: a lo largo del ejercicio había perdido unos 300 €.

El método FIFO y el riesgo de calcular mal tus criptomonedas

Aunque existen programas para calcular ganancias y pérdidas con criptoactivos, lo decisivo es interpretar los datos de forma adecuada. Un buen ejemplo es la aplicación del método FIFO por parte de Hacienda, según el cual se entiende que la primera unidad que se vende es la primera que se adquirió.

Así, si una persona compra un Bitcoin en 2023 y lo vende en 2025, pero en el software solo introduce los datos de la venta, el informe puede reflejar una ganancia prácticamente del 100 %, aunque no sea real, porque falta incorporar el coste de adquisición. Un error en la carga de datos, en la clasificación de una operación o en la interpretación del informe puede suponer pagar cientos o incluso miles de euros de más. Clasificar correctamente cada operación es esencial para que la tributación refleje la verdadera realidad económica.

Cómo defenderte ante un requerimiento de Hacienda

En Navas & Cusí Abogados somos expertos en fiscalidad y en el tratamiento tributario de las criptomonedas. Combinamos las mejores herramientas del mercado con un equipo altamente cualificado para calcular tus ganancias conforme a la realidad económica de tu operativa, responder a los requerimientos de Hacienda y, cuando procede, regularizar tu situación con informes fiscales sólidos y defendibles.

 

 

Preguntas frecuentes

¿Por qué Hacienda me reclama ganancias en cripto si no he ganado dinero? Porque interpreta de forma automática los datos que recibe de los exchanges. Movimientos entre wallets propias o permutas sucesivas pueden figurar como ganancias aunque no lo sean.

¿Quién tiene que demostrar que la ganancia no existió? El propio contribuyente. Por eso es clave aportar un informe fiscal que reconstruya correctamente la operativa y acredite el resultado real.

¿Qué debo hacer si recibo un requerimiento por criptomonedas? No respondas con datos sin verificar. Conviene revisar el cálculo, aplicar correctamente el método FIFO y contar con asesoramiento fiscal especializado antes de contestar a la Agencia Tributaria.

¿Has recibido una notificación de Hacienda por tus operaciones con criptomonedas? Contáctanos y analizaremos tu caso para que tributes conforme a tu realidad económica.

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Navas & Cusí Abogados
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