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Daños en competencia: Cártel mercado de divisas

Acción de daños y perjuicios en materia de competencia: Cártel en mercado de divisas
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El cártel europeo en mercado de divisas

En mayo de 2019 conocíamos la noticia de la Decisión emitida por la Comisión Europea acerca de la multa a cinco entidades financieras por participar en un cártel que tenía como claro objetivo alterar el mercado de las divisas (un total de 11 divisas, entre las que está el Euro). Las entidades sancionadas son Barclays, RBS, Citigroup, JPMorgan y MUFG y la multa ha ascendido a un total de 1000 millones de euros.

Según se ha podido demostrar a través de la investigación de la Comisión Europea, varios operadores empleados de las entidades financieras sancionadas intercambiaron información sensible relativa a operaciones diversas como por ejemplo ordenes de cambio de divisa de clientes o los márgenes entre la oferta y demanda en las distintas divisas, que provocaba una toma de decisiones basada en la obtención de esta información. Además, muchas veces esta información permitía a algunos operadores a identificar oportunidades de coordinación en operaciones de “retirada”.

Quién y cómo puedo reclamar

El derecho de resarcimiento contemplado en el Derecho de la Unión viene consagrado y reconocido en los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, preceptos que tienen como objetivo el garantizar que no se falsee la competencia en el mercado interior.

La plena efectividad de estos artículos, y en particular el efecto práctico de las prohibiciones en ellos establecidas, exigen que cualquier persona, ya se trata de un particular, incluidos los consumidores y las empresas, o de una autoridad pública, pueda reclamar ante los órganos jurisdiccionales nacionales el resarcimiento de los daños y perjuicios causados pr una infracción de estas disposiciones.

Para garantizar la efectividad de estas acciones se publicó la Directiva 2014/104/UE, de 26 de noviembre de 2014, relativa a determinadas normas por las que se rigen las acciones por daños en virtud del derecho nacional, por infracciones del derecho de competencia de los Estados miembros y de la UE.

A nivel español esta directiva se ha traspuesto a través del Real Decreto 9/2017, de 26 de mayo de 2017.

Abogados especialistas en cártel de mercado de divisas

La Comisión Europea ha sancionado con una multa que sobrepasa los 1000 millones de euros, a los bancos Barclays, Citigroup, JPMorgan, RBS y MUFG por demostrarse que participación en la cooperación e intercambio de información sensible relacionada con las divisas.

Según la Comisión Europea, ello supone una clara vulneración de la normativa de competencia, y todos aquellos afectados – como por ejemplo los deudores en hipoteca multidivisa – se les abre un camino de reclamación de indemnizaciones si durante la época de 2007 – 2012 sufrieron daños derivado del intercambio de información sensible como las órdenes de intercambio de los clientes, las diferencias entre los precios de compra y venta de dos divisas en transacciones específicas y otros detalles de operaciones de intercambio de divisas ya planeadas.

Las once monedas afectadas son, además del euro, los dólares estadounidense, canadiense, neozelandés y australiano; la libra británica; el yen japonés; el franco suizo, y las coronas danesa, sueca y noruega.

En Navas & Cusí Abogados contamos con un departamento de letrados especializados en Derecho de la Unión Europea, que le asesorará para poder valorar una posible reclamación de daños y perjuicios por la concentración de precios en el denominado cártel de divisas.

Somos especialistas en estas áreas de práctica