En España, los fondos de renta fija han sido la gran apuesta del año después del fracaso que registró la deuda en 2022 con las alzas continuas de los tipos de interés, provocando un ajuste en los mercados de bonos. Así, el alza en los bonos ha dejado grandes pérdidas en los fondos de renta fija desde este mes de agosto, pues los bonos en los que invierte el fondo pasan a valer menos y por tanto el fondo baja.
Los mercados de renta fija tienen una clara relación directa con la evolución de los tipos de interés pues influyen en los rendimientos que ofrezcan los bonos.
La subida de los tipos de interés por parte de los bancos centrales tiene diferente grado de impacto sobre la renta fija dependiendo del plazo de vencimiento de la misma, es decir, tiene mayor impacto en los distintos tramos de curva de tipo de intereses, siendo mayor el impacto en los tramos cortos de la curva – tipo de interés a corto plazo – que los tramos largos de la curva – tipos de interés a largo plazo-.
Y es ahora cuando surge la gran pregunta: ¿Puedo reclamar las perdidas por la inversión realizada? La respuesta es sí. Y no porque no se haya cumplido la expectativa que se tenía a la hora de realizar la inversión sino por las irregularidades en la que suelen incurrir las entidades a la hora de la contratación.
Cuando se contrata un fondo, ya será de renta fija o de renta variable, la entidad debe ofrecer al cliente el producto que considere adecuado a su perfil y en su caso informar de forma exhaustiva de la naturaleza y riesgo del producto contratado. Para ello, las entidades deben realizar el test de conveniencia e idoneidad par así poder valorar si el perfil del cliente es o no adecuado para contratar los productos.
No obstante, realizar dicho test cuyo resultado sea “el idóneo” para contratar renta fija, no supone que la realidad sea así y que por tanto tu reclamación no vaya a tener éxito. La CNMV ya ha detectado en varias ocasiones irregularidades en los test de idoneidad, sobrevalorando sus conocimientos y su experiencia en inversiones, para así proponer a los clientes productos demasiado arriesgados para su perfil.
Y es que como ya hemos expuesto, la entidad debe informar de manera clara, completa y precisa el producto que estamos contratando, es decir, QUE RIESGOS ASUMIMOS AL CONTRATAR UN PRODUCTO DE RENTA FIJA, lo que no ocurre en la mayor parte de las ocasiones.
Por ello, y en función de las circunstancias de cada caso, se puede ejercitar una acción de nulidad por falta de transparencia a la hora de informar sobre la naturaleza y características esenciales del contrato que lleva al cliente a contratar bajo unas circunstancias que no son las reales.
En definitiva, si Vd, ha tenido pérdidas en este tipo de inversiones, contacté con Navas & Cusí Abogados, cuyo despacho de Madrid cuenta con abogados especialistas en derecho bancario.