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La comercialización de los ya tan conocidos Swaps se puede ilustrar sencilla y gráficamente con una gigante ola de mar en una tormenta eléctrica que todo lo quiere arrasar. Por un lado están los meteorólogos, que conocen y están advertidos de las previsiones y consecuencias que puede producir tal desastre natural, por otro lado, está toda la población que conforma la gran ciudad asentada en la costa, los ciudadanos que viven desinformados y confiando en que profesionales como estos meteorólogos les advertirán de posibles riesgos futuros para que tomen las decisiones y aprovisionamientos pertinentes en cada caso.

Es cuestión de confianza.

Como este ejemplo  citar un millón más. La economía y la sociedad se guían por un principio básico como es la confianza. En el momento en que ésta confianza se agrieta y se rompe todo empieza a ir mal. Y esto es exactamente lo que ha sucedido en nuestro sistema bancario, donde las entidades financieras de nuestro país han abusado de esta confianza para su beneficio propio. La mayoría de estas entidades de crédito, en plena crisis financiera, han ido colocando productos de riesgo como son los Swaps a clientes cuyas preferencias se inclinaban por productos seguros y conservadores. En este caso, el banco es el meteorólogo, el que conocía la previsión de los tipos de interés y su evolución en el tiempo (pues es básicamente a lo que se dedican) y los ciudadanos costeros, sus clientes confiados.

Tanto el Banco Central Europeo como varias entidades, ya en 2008 y a lo largo de todos estos años, han ido fortaleciendo la teoría de la evolución de tendencia bajista que finalmente se ha revelado. Y, a sabiendas de esto, se han atrevido a colocar sin previa información productos de permuta financiera a todo tipo de clientes (minoristas, particulares, empresas grandes y empresas no tan grandes). Son muchos los tipos de clientes afectados pero todos con un común denominador: han contratado engañados. Les vendieron un producto como un convincente seguro frente a las subidas de interés tomando como referencia un nocional que en algunos casos lleva aparejada cifras colosales.

En este sentido, las PYMES son las más perjudicadas y las que más sufren callando y pagando debido a su mayor capacidad de endeudamiento. Desde los últimos meses han empezado a alzarse en un movimiento reivindicativo de sus derechos por sentirse estafadas y engañadas por sus entidades de crédito de confianza pero, aún así, son muchas las voces que siguen calladas. Apenas un 5% de las pymes se atreven a iniciar un procedimiento judicial después de sentirse engañados. Y quizá lo que no saben es que de esta cifra, más del 90% de los casos se ganan y les devuelven las cantidades indebidamente cobradas.

Y es que ahora tenemos un buen precedente para tener en cuenta: el alto Tribunal Supremo, en la reciente sentencia de 20 de enero de 2014, dejó claras las circunstancias en que cabe la nulidad por falta de información y por vicio en el consentimiento del contrato de permuta financiera. De la misma destacamos la afirmación de que existe una desproporción entre las entidades que comercializanservicios financieros y sus clientes (salvo que se trate de un inversor profesional).

La complejidad de los productos financieros propicia una asimetría informativa en su contratación, lo que provoca la necesidad de proteger al inversor minorista no experimentado en su relación con el proveedor de servicios financieros. Como ya se ha puesto de manifiesto insistentemente en la doctrina, esta necesidad de protección se acentúa porque las entidades financieras al comercializar estos productos, debido a su complejidad y a la reseñada asimetría informativa, no se limitan a su distribución sino que prestan al cliente un servicio que va más allá de la mera y aséptica información sobre los instrumentos financieros, en la medida en que ayudan al cliente a interpretar esta información y a tomar la decisión de contratar un determinado producto. Aquí radica la importante labor de información y calidad de las entidades de crédito. No se trata de cuestionar el producto, que a veces también, sino de cómo lo comercializaron y del tipo de perfil que eligieron las entidades para colocarlos.

A partir de ahora las entidades de crédito deberán esmerarse para volver a construir una sólida relación de confianza con sus clientes, que se sienten engañados y defraudados por el sistema. Pero por el momento y para remediar este engaño, es a los clientes a quien les toca actuar y exigir que se cumplan sus derechos delante de un tribunal, eso sí, siempre acompañados de unos letrados ampliamente conocedores en la materia y con cuantiosas sentencias a su favor: Navas Cusí Abogados.

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Navas & Cusí Abogados
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