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Con este artículo queremos resolver las principales dudas que se pueden plantear cuando cualquier persona se encuentra en la situación de abordar una partición de la herencia entre los herederos, explicar qué clases de partición pueden darse, en qué consisten los trámites, que partes intervienen, así como otros detalles.

Qué es y en qué consiste la partición de la herencia

La partición de la herencia es la división de los bienes del fallecido entre los herederos en proporción a la cuota que a cada uno de ellos corresponde, y siempre tras acreditarse mediante el testamento o con la declaración de herederos qué personas tienen el derecho a heredar y que estas personas acaben aceptando la herencia. En este punto es importante matizar que, la herencia está formada tanto por los bienes y derechos del difunto como por sus deudas.

Cómo y cuándo hacer la partición de la herencia

Como ya indicábamos, una vez aceptada la herencia e identificados a los herederos, se debe proceder a la partición del caudal relicto. Pueden darse varias situaciones, pero existiendo o no testamento, si entre los herederos se alcanza un acuerdo para dividir la herencia, la partición y adjudicación de los bienes se puede realizar ante Notario. En este caso, el Notario realizará mediante Escritura, un detalle del caudal relicto y su valor, de los herederos con derecho y su participación sobre la herencia, y la atribución de los bienes a cada uno. Esta Escritura se denomina “de partición y adjudicación de herencia”, y permite a los herederos, previo pago de los impuestos que corresponden, cambiar a su favor la titularidad de los bienes heredados.

En el caso de no existir tal acuerdo entre los herederos, independientemente de que exista o no testamento, la partición tendrá que llevarse por la vía judicial.

Existen tres tipos de partición

Las cuales las desarrollamos una a una a continuación

Partición de herencia voluntaria

La partición voluntaria, tal y como hemos expuesto en el apartado anterior, es aquella que efectúan todos los herederos de común acuerdo. Puede realizarse mediante documento privado, pero se recomienda hacerla en Escritura pública ante Notario, siempre que en la herencia existan bienes inscribibles en los distintos registros públicos.

Partición de herencia judicial

Si los herederos no se ponen de acuerdo sobre cómo repartir los bienes del fallecido, deberán acudir, asistidos por un abogado y procurador, al Juez de Primera Instancia para que se realice una partición judicial, conforme al artículo 1.059 del Código Civil y con sujeción a lo establecido en los artículos 782 y siguientes de la LEC.

En este caso, el Juez designa un perito para que forme el cuaderno particional con el reparto de los bienes de la herencia. Para iniciar el procedimiento el abogado debe presentar la “solicitud” de partición (una demanda), donde deberá exponer todos los detalles y documentación de que pueda valerse, así como los fundamentos jurídicos y la súplica correspondiente.

Partición de herencia realizada por un contador-partidor

Por último, la partición puede hacerla una persona denominada contador-partidor, que puede ser un contador-partidor testamentario o dativo. El testamentario es aquel que ha sido nombrado con tal carácter por el testador en el testamento para que realice la repartición de la herencia, y el dativo es el nombrado por el Juez a solicitud de los herederos que representen al menos el 50 por 100 del haber hereditario.

La repartición de la herencia realizada por el contador-partidor requerirá, una vez hecha, la aprobación del Juez. El nombramiento de contador-partidor, sea testamentario o dativo, evita la necesidad de efectuar una partición judicial, que siempre requiere más tiempo e implica mayores gastos.

Si se encuentra ante una herencia y necesita asesoramiento, desde Navas & Cusí Abogados como despacho especializado en derecho civil y de sucesiones podemos asesorarle y acompañarle técnicamente en cualquier situación en la que pueda necesitar, puedes contactarnos a través de nuestro formulario o llamando al 915 76 11 50

 

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