Cómo obtener un crédito hipotecario evitando cláusulas abusivas en los contratos de suscripción de los mismos, tales como la cláusula de afianzamiento personal, ha sido una de las preguntas que más se han hecho los ciudadanos de nuestro país en el último tiempo, como consecuencia de los hechos que han acontecido.
Por ello, mediante el presente artículo desde Navas & Cusí Abogados pretendemos exponer a todas aquellas personas o clientes que tengan pensado solicitar un crédito hipotecario o que incluso estén inmersos en el proceso de estudio del mismo, de un modo sencillo, visual y comprensible, las pautas que deberían seguir, respetar y exigir a su Entidad a fin de evitar desagradables sorpresas ulteriores.
¿Qué aspectos es preciso considerar a la hora de obtener un crédito hipotecario?
Así las cosas, una vez presentada en la oportuna entidad financiera la documentación económica que haya sido solicitada previamente por parte de ésta para el correspondiente estudio económico, conviene tener claros determinados aspectos para tomar la decisión de obtener un crédito hipotecario, a saber:
- En primer lugar, saber quiénes van a ser los titulares de la operación y, si en caso de no ser aceptada la solicitud de financiación, si estarían dispuestos a incluir otras garantías (personales) respecto a las que ya de por sí se prestan en este tipo de operación (ingresos presentes y futuros y bien en cuestión).
- En segundo y último lugar saber hasta qué punto se podría prestar la garantía personal de un tercero.
Llegados este punto resulta imprescindible, amén de solicitar toda la información por escrito, cotejar que lo “negociado” y acordado “casa” con las condiciones definitivas de la operación de obtención del crédito hipotecario.
¿Qué documentos hay que solicitar para realizar dicha comprobación?
Para realizar tal comprobación se debería solicitar, si es que no lo ofrece de motu propio la Entidad en cuestión, copia o borrador del contrato de préstamo que finalmente se va a firmar, para posteriormente poder acudir con éste a la Notaria en donde se va a firmar la operación (en este caso con 3 días de antelación).
Conviene reseñar en este sentido que el cliente dentro de sus derechos tiene la facultad no ya solo de elegir la notaría y el notario en cuestión sino de solicitarle a éste, dentro del citado plazo (3 días), la revisión del contrato definitivo y sus condiciones.
En este punto es recomendable acudir a dicho trámite acompañado de un experto en la materia, toda vez que el lenguaje jurídico empleado en las Escrituras en ocasiones puede presentar notables dificultades de comprensión para los titulares del préstamo.
Y es que sólo de ese modo el futuro deudor sabrá cómo obtener un crédito hipotecario en las mejores condiciones, teniendo la tranquilidad de conocer los pormenores de sus condiciones financieras antes de la firma y, en caso de que existan garantías adicionales, como pudieran ser los avalistas o fiadores, podrá igualmente saber la extensión de dicha garantía y si los derechos de éstos (a saber, beneficio de excusión, división y orden) están siendo respetados por la Entidad.
Navas & Cusí Abogados.