Contacta con nosotros
Para garantizar la calidad y la atención personalizada, atendemos con cita previa (presencial o videoconferencia).

SENTENCIA 247/2018 JUZGADO PRIMERA INSTNACIA 1 GRANOLLERS

Producto: Hipoteca multidivisa

Perfil: consumidores

Entidad: BBVA S.A. (Catalunya Caixa)

Resumen

Mediante Sentencia de fecha 23 de julio de 2018, el Juzgado de Primera instancia 1 de Granollers, ha emitido sentencia en virtud de la cual declara la nulidad, por resultar abusiva, del clausurado multidivisa de un préstamo suscrito con la antigua Catalunya Caixa, en el año 2008.

El razonamiento que ha entablado el juzgador de instancia, es el considerar que la entidad financiera no suministró, con la debida diligencia, la información que legalmente está obligada, con carácter previo a la firma del préstamo.

En este caso nos volvemos a encontrar con las llamadas hipotecas multidivisa. La entidad Catalunya Caixa comercializó este tipo de préstamo a un matrimonio consumidor que ningún tipo de experiencia ni perfil de riesgo tenia en contrataciones bancarias; pues simplemente buscaban financiación para adquirir su vivienda habitual.

Con ello, entiende el juzgador que no consta acreditado que la entidad bancaria entregara a los prestatarios la información precontractual necesaria para que éstos pudieran conocer adecuadamente la naturaleza y los riesgos vinculados a dichas cláusulas, pues no consta que, con anterioridad a la firma del contrato, se les entregara información por escrito sobre tales extremos, ni consta que se les explicara debidamente los riesgos que se derivaban del juego de la moneda nominal del préstamo – en este caso yenes japoneses- respecto de la moneda funcional – el euro-.

La equivalencia en la moneda funcional del importe en la moneda nominal del capital pendiente de amortizar varía según fluctúa el tipo de cambio y la devaluación considerable de la moneda funcional, en la que el prestatario obtiene sus ingresos, y ello es una información vital para que los prestatarios puedan, libremente, firmar el préstamo.

En este caso, la información de la entidad financiera – tanto verbal como documentada- brillaba por su ausencia, por tanto el juzgador de Granollers declara la nulidad de las clausulas multidivisa, por entender que son abusivas, con expresa condena en costas a la parte demandada, hoy BBVA S.A.

 

> Leer más en nuestro blog sobre noticias de Hipotecas Multidivisa
> Leer más en nuestro blog sobre noticias de Hipoteca Multidivisa Catalunya Caixa
> Leer más en nuestro blog sobre noticias de Mala Praxis Bancaria
> Leer más en nuestro blog sobre noticias de Derecho Bancario

Artículo anterior Artículo siguiente