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La expectativa sobre la gran dificultad de seguir manteniendo pensiones públicas en las condiciones hasta ahora dadas es una de las principales preocupaciones de los consumidores.

De esta preocupación se han aprovechado algunas entidades financieras, que han visto una nueva oportunidad de ofrecer productos como el de las hipotecas inversas.

¿Qué es una hipoteca inversa?

Se trata de un préstamo o crédito en el que el bien que el deudor da en garantía es su vivienda habitual (de la que es propietario) y, a cambio, puede disponer del dinero del préstamo o crédito mediante una disposición única o mensual.

El deudor o el beneficiario de este tipo de hipoteca debe tener, como mínimo, 65 años o ser dependiente o tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Antes de decantarnos por este tipo de hipoteca, debemos asesorarnos por expertos que analicen nuestra situación concreta y que nos informen de las ventajas y riesgos concretos de tal producto, para no sufrir ningún perjuicio.

A continuación, exponemos las referidas ventajas y riesgos de las hipotecas inversas.

Ventajas de la hipoteca inversa

Destacan las siguientes: que el deudor no pierde la titularidad de su vivienda y que permite que personas de avanzada edad tengan un poder adquisitivo mayor, a través de dar liquidez y rentabilizar su patrimonio,

Riesgos de la hipoteca inversa

A pesar de esas ventajas, no hay que olvidar que hay que extremar las precauciones antes de contratar estos productos y que, sobretodo, debemos contar con un asesoramiento experto. Y ello es así por lo siguiente:

  • No es un producto que los bancos ofrezcan a todos sus clientes, sino que seleccionan a aquellos clientes cuya vivienda tenga un alto valor de tasación, alcanzando unos determinados baremos exigidos.
  • Se trata de un producto de cierta complejidad que requiere de una explicación detallada, sobretodo si tenemos en cuenta la vulnerabilidad del colectivo al que se ofrece.
  • Cuando fallece el deudor, la deuda se traslada a los herederos, a quienes, por tanto, es conveniente informar de esta operación, ya que tras el fallecimiento tendrán que elegir, si aceptan la herencia, entre quedarse con la vivienda abonando el crédito o venderla y saldar la deuda vencida.
  • En muchas ocasiones la renta que reciben los prestatarios es muy inferior a lo que debería ser atendiendo al valor de inmueble hipotecado.
  • Existe la posibilidad de que la entidad obligue a contratar un seguro para garantizar el pago, con una de las filiales de entidad, las cuales suelen tener precios menos competitivos que una aseguradora independiente.

 

Por todo lo expuesto, tanto si está pensando en contratar una hipoteca inversa, como si la Entidad no le informó de los riesgos que suponía o le está causando algún tipo de perjuicio, puede contactar con Navas & Cusí Abogados, y nuestros profesionales expertos en Derecho bancario y Derecho de la Unión Europea le asesorarán analizando su caso concreto y de forma integral. Puede ponerse en contacto con nosotros rellenando el formulario de contacto o llamando al 915 76 11 50 o al 93 487 97 11

 

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Navas & Cusí Abogados
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