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La Unión Europea ofrece actualmente diversos mecanismos para hacer frente al Coronavirus, entre los cuales podemos encontrar medidas destinadas al buen funcionamiento del mercado único y a la movilización presupuestaria, ayudas estatales a los estados miembros y la flexibilización del marco fiscal. A todas ellas nos referiremos a continuación desde nuestra área de Derecho de la Unión Europea.

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Las ayudas europeas para afrontar el Covid-19

Dentro de las ayudas que las instituciones europeas han adoptado, en primer lugar, haremos referencia al Marco Temporal de Ayudas de Estado que ha adoptado la Comisión Europea, en la que pueden distinguirse con cinco tipos de medidas:

  • Subvenciones directas y ventajas fiscales directas, como por ejemplo, los préstamos por valor nominal de hasta 800.000 mil euros por empresa o la deducción de impuestos.
  • Garantías estatales en préstamos concedidos a empresas por las entidades financieras, limitados a un máximo de 6 años de duración y limitado a un 90% del préstamo.
  • Préstamos públicos (como los concedidos por el ICO), tanto para inversiones como para capital de trabajo, en que se fijan unas tasas de intereses que son favorables.
  • Salvaguardia para los bancos que canalizan las ayudas estatales, como por ejemplo, ayudas directas a los bancos para el apoyo a las PYMES.

El Marco Temporal de Ayudas estará vigente hasta finales de diciembre de 2020.

El Estado español ya ha hecho uso de estas medidas. Así, ha utilizado los mecanismos del Aplazamiento de impuestos y deducciones fiscales, de las Garantías, Subvenciones Salariales, de Préstamos Indirectos, de Aplazamiento de préstamos, de Subvenciones directas e Inyecciones de efectivo y de las ayudas de Estado, que ha permitido a las autoridades españolas conceder ayudas para las empresas afectadas por el brote.

Además de estas medidas, también existe una línea de liquidez para los Estados, a través del Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE), que ha sido creada con el fin de que los Estados miembros puedan afrontar los costes directos e indirectos generados por la pandemia. Esta línea de liquidez es de 240.000 millones, con el límite del 2% del PIB del Estado solicitante; si bien, esta financiación no estará disponible para los Estados miembros hasta el mes de junio.

Asimismo, el Consejo ha propuesto la creación de medidas específicas para ofrecer una flexibilidad excepcional en el uso de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, en respuesta a la crisis de Covid-19. Entre estas medidas se prevé que los Estados puedan solicitar, durante el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021, que para programas que aborden el impacto de la pandemia, hasta el 100% de la financiación provenga del presupuesto de la Unión Europea.

A continuación haremos referencia a algunos mecanismos de ayuda, concretos, para determinados sectores.

Las medidas de apoyo para las entidades financieras

Tanto la Comisión Europea, como el Banco Europeo de Inversiones y el Banco Central Europeo anunciaron medidas financieras dedicadas a la movilización de capitales.

El Banco Central Europeo, por su parte, a través del programa de Operaciones de Refinanciación a Largo Plazo (LTRO) (Long-term Refinancing Operation), destinado a sustituir de manera temporal el mercado interbancario, respaldando los préstamos bancarios a las empresas más afectadas por el virus, con el objetivo de proporcionar apoyo de liquidez inmediato a los bancos y a salvaguardar las condiciones del mercado monetario a los más afectados por la propagación del brote.

Este programa da préstamos a las entidades financieras prevé que los tipos de interés sean muy bajos.

Por otro lado, el Banco Central Europeo anunció, el pasado mes de marzo, un Programa de Compra de Emergencia Pandémica (PEPP), por valor de 750 millones de euros, que permitirá dotar de estabilidad a los mercados financieros así como controlar las tasas de interés, lo que se llevará a cabo hasta finales de año.

También anunció que compraría 120 mil millones de euros adicionales de bonos gubernamentales y corporativos de aquí a final de año, como parte de un esfuerzo por aumentar la demanda, reducir las tasas de interés del mercado y reducir el costo de los préstamos.

Por otro lado, debemos recordar que se establecieron líneas de liquidez para empresas a través del Banco Central Europeo, gracias al Programa de Compras del Sector Corporativo (CSPP) a agentes comerciales no financieros, haciendo que todos los activos comerciales de suficiente calidad crediticia sean elegibles para la compra bajo este marco de actuación. Asimismo, se ampliará el alcance de las Reclamaciones de crédito adicionales (ACC) para incluir las reclamaciones relacionadas con la financiación del sector corporativo.

Las ayudas para las PYMES

Existen también, por parte del Banco Europeo de Inversiones, diferentes programas de apoyo para PYMES europeas y pequeñas empresas de mediana capitalización.

En este sentido, el Banco Europeo de Inversiones capitalizará, al menos, 10.000 millones de euros en inversiones para PYMES y empresas de capitalización mediana, por cuenta propia.

Entre esos programas encontramos:

  • ESCALAR (European Scale-up Action for Risk Capital), creado por el Fondo de Inversiones Europeo, con la finalidad de que empresas europeas de alto potencial puedan crecer y expandirse. Estará destinado tanto a empresas de nueva creación que necesiten financiación para expandirse como a empresas que necesitan de ese apoyo en el control de su expansión.

Los intermediaros financiero –como luego se explicará- podrán presentar solicitudes para acceder a este programa hasta el 30 de junio de 2020.

  • Préstamos COSME, con una dotación de hasta 150.000.-€, es un programa que pretende mejorar la competitividad de las PYMES europeas y su acceso a la financiación.

En este caso, serán elegibles para hacer de intermediarios financieros las instituciones de crédito o financieras.

  • Garantía PYME Innovefin (dentro del programa Marco Horizonte 2020), que será aplicable hasta el 30 de junio de 2020 y está dirigido, principalmente, a PYMES innovadoras y de mediana capitalización basadas en la investigación, ya establecidas y que operan en uno o varios Estados miembros o en Estados asociados de Horizonte 2020.

Este mecanismo será implementado, al igual que en el anterior caso, por los bancos locales, compañías de arrendamientos financieros, instituciones de crédito o garantía, que estén interesados.

  • CREATIVE EUROPE, que está destinado a microempresas y pequeñas empresas del sector cultural y creativo (de imagen). El programa Europa Creativa está abierto a organizaciones culturales y creativas de los Estados de la Unión Europea y abierto a los intermediarios financieros hasta septiembre de 2020. 
  • El Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas, que pretende dar mayor prioridad a inversiones de proyectos transfronterizos o que contribuyan a la consecución de los compromisos adquiridos en materia de apoyo a PYMES y de mejora de la cobertura geográfica estratégica del Fondo.

A este programa pueden aplicar tanto grandes Empresas como PYMES, así como empresas privadas y públicas y fondos de inversiones.

Como solicitar las ayudas previstas en estos programas
  • Si se es una institución financiera o un prestamista alternativo, debe hacerlo a través del formulario del aplicativo publicado en la página web del programa, antes del 30 de junio de 2020 (excepto para para Creative Europe, que el plazo es hasta septiembre de 2020). 
  • Si tiene una pequeña empresa podrá solicitar las ayudas, directamente, a su banco o entidad de crédito local, siempre que participen en el programa. Puede consultar qué entidades participan en los referidos programas a través del Banco Europeo de Inversiones y del Fondo Europeo de Inversiones.

Las medidas para proteger el empleo

Para proteger el empleo y a los trabajadores, tanto por cuenta ajena, como por cuenta propia, se ha puesto en marcha un nuevo instrumento temporal, SURE (Support mitigating Unemployment Risks in Emergency), que ha sido dotado de un presupuesto de 100.000 millones de euros.

Este programa se basa en la facilitación a los Estados Miembros de préstamos en condiciones que sean favorables para sufragar los costes derivados de la creación o ampliación de los regímenes nacionales de reducción de trabajo, es decir, de los ERTE.

Esta ayuda se dará en forma de préstamo de la Unión Europea a los Estados Miembros, que serán quienes canalicen la misma a través de sus sistemas nacionales, previa Decisión del Consejo y de la Comisión de tal necesidad.

En el sector laboral también encontramos la posible creación futura de un régimen europeo de reaseguro de desempleo.

Además, el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización podría movilizarse para dar apoyo a los desempleados y trabajadores por cuenta propia. Sin embargo, este apoyo sólo podrá emplearse en casos en que, de una misma empresa, se haya despedido a más de 500 trabajadores.

Las medidas de flexibilización fiscal 

Como bien sabemos, no existe una política fiscal armonizada en todos los Estados Miembros, por lo que las medidas que se han ido tomando han sido más bien nacionales, llegando estas a alcanzar los 30 millones de euros. Estas ayudas han sido posibles por la flexibilización del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, el cual fija los topes de déficits y gasto público máximo a los que pueden llegar los Estados miembros.

Entre las medidas que pueden tomar los Estados miembros puede distinguirse entre:

  • Las medidas fiscales para empresas de regiones y sectores afectados, como pueden ser las relativas al pago aplazado del impuesto de sociedades, de las cotizaciones a la seguridad social y del IVA; medidas de anticipo de pagos y atrasos del gobierno; rebajas fiscales; y apoyo económico directo.
  • Las garantías ofrecidas a los bancos para que ayuden a las empresas a obtener capital de explotación y garantías a la exportación, posiblemente completadas con medidas de supervisión.

Las ayudas a la protección del sistema sanitario

La Comisión Europea presta apoyo directo a los sistemas sanitarios nacionales a través de la respuesta coordinada y a través de la evaluación continua sobre las necesidades de éstos, así como de la creación de grupos científicos y de investigación en el combate por la pandemia.

A través del Mecanismo de inversión en respuesta al coronavirus, se ha propuesto movilizar, de los fondos destinados a inversiones, desarrollo regional, fondo social y de cohesión y hasta del Fondo Marítimo y Pesca, 37.000 millones de euros, y dirigirlos a los sistemas sanitarios, las pequeñas y medianas empresas, los mercados laborales y otras áreas económicas vulnerables, eliminando la obligación este año de solicitar la devolución de la prefinanciación de los fondos estructurales.

Estas ayudas serán canalizadas a través del Instrumento de Ayuda de Emergencia y de RescEU, permitiendo la compra de material sanitario y su distribución entre los Estados miembros y el apoyo financiero del transporte de equipos médicos dentro del mercado único y de la construcción de hospitales de campaña.

También el Marco Temporal al que nos referíamos, se ha ampliado para para que los Estados miembros puedan acelerar la investigación, los ensayos y la producción de productos relacionados con el coronavirus –lo que también protege el empleo y sirve de apoyo a la economía, aumentando la financiación para el apoyo, en concreto, en:

  • I+D
  • Ensayos y mejoras en laboratorios
  • La fabricación de productos que combatan el Covid-19
  • El aplazamiento de impuestos o suspensiones de las cotizaciones a la Seguridad Social.
  • Subsidios salariales para los trabajadores sanitarios.

El apoyo al sector agrícola 

La Comisión Europea ha puesto en marcha una serie de medidas de apoyo directas al sector agrícola, en relación con el acceso a la financiación y a la seguridad alimentaria.

En este sentido, se dará flexibilidad al uso de instrumentos financieros dentro del marco del desarrollo rural. En concreto, los agricultores y ganadores podrán beneficiarse de préstamos o garantías para cubrir costes operacionales de hasta 200.000 euros en determinadas condiciones favorables, como, por ejemplo, tasas de interés reducidas.

Además, dentro de la aplicación del Marco Temporal de Ayudas, también podrán hacer uso de las ayudas estatales, beneficiándose las granjas de hasta un máximo de 100.000 euros, y las grandes industrias alimentarias podrían llegar a obtener hasta un límite de 800.000 euros.

Y con el objetivo de aumentar el flujo de caja de los agricultores, la Comisión Europea ha incrementado los anticipos de pagos directos (del 50% al 70%) y de algunos pagos de desarrollo rural (del 75% al 85%). Estos adelantos se empezarán a recibir a mediados del mes de octubre de 2020.

Las ayudas al sector pesquero y marítimo

El pasado 2 de abril, la Comisión Europea adoptó una serie de propuestas para mitigar el impacto socio-económico en el sector pesquero, flexibilizando las normas que gobiernan el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, e incluyendo medidas de apoyo a todos los actores de este sector.

Estas medidas están todavía pendientes de aprobación, pero una vez sean aprobadas, su vigencia lo será con carácter retroactivo, desde el 1 de febrero de 2020, y se mantendrán hasta el 31 de diciembre de 2020.

Además, para mitigar la cesación temporal de la actividad pesquera, la Unión Europea pagará hasta un 75%, a modo de compensación financiera, correspondiendo pagar la cantidad pendiente a los Estados miembros.

Asimismo, en el sector de la acuicultura, se ofrecerá una compensación económica por las pérdidas originadas por la suspensión temporal de la actividad o por la reducción de la misma.

En Navas & Cusí Abogados contamos con un equipo de abogados especializados en Derecho de la Unión Europea que puede asesorarle en la búsqueda de financiación o medidas de apoyo a través de los programas europeos. Puede ponerse en contacto con nosotros a través del formulario de contacto o llamando al 915 76 11 50 o al 93 487 97 11

 

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