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En la actualidad son numerosos los trabajadores por cuenta propia los que se ven imposibilitados para hacer frente a las cuotas establecidas por la Seguridad Social para los trabajadores autónomos, o que les resulta excesivamente gravoso cumplir con las obligaciones fiscales propias de la adscripción al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Así, en los tiempos que corren en nuestro país, en el que los trabajos precarios o esporádicos en España están a la orden del día, ha surgido una nueva forma de facturar consistente en la adhesión por parte del trabajador por cuenta propia a las cooperativas de trabajo asociado online, respecto a las que, como veremos, el Gobierno de España ya puesto el foco mediante la incoación de un expediente administrativo, lo que ya ha motivado la interposición de una queja a la Comisión Europea interpuesta por Navas & Cusí Abogados en Bruselas.

Cooperativa de trabajo asociado online, cómo funcionan y para qué sirven

Dichas organizaciones consisten en plataformas web que bajo el régimen de las cooperativas de trabajo asociado emiten y cobran la factura a nombre del profesional. De esta forma, el profesional se da de alta al servicio que dichas cooperativas prestan, adhiriéndose como trabajadores asociados de la cooperativa. La cooperativa, por su parte, mantiene al trabajador asociado en el Régimen General de la Seguridad Social durante el tiempo imprescindible. En el portal web de Factoo, por ejemplo, se anuncia que no funcionan con cuotas mensuales, sino que existe una cuota única de 30 euros abonados durante el proceso de alta, comprensivas de 20 euros destinados a los gastos tecnológicos de la plataforma y 10 euros en concepto de cuota de adhesión, de tal forma que si se da de baja en un plazo inferior a 2 años se devuelven los 10 euros de la cuota de adhesión, mientras que si supera dicho plazo se reintegran de forma íntegra.

De esta forma, quien presta el servicio acaba facturando realmente por las horas facturadas y no con la cuota fija de autónomo que tiene que abonar cada mes, que en la actualidad ronda un mínimo de 275 euros al mes, con la salvedad de aquellos sujetos que entran dentro del ámbito de la tarifa plana para autónomos de primer año estipulada en 50 euros. Además, supone para el profesional un ahorro fiscal y de economía de gestión, al no tener que declarar trimestralmente el IVA.

La problemática de Factoo y sus socios

El sistema ideado por Factoo y otras plataformas ha crecido exponencialmente en toda España, dado que proporciona una solución para que los trabajos esporádicos puedan ser facturados, y por ello, una magnífica alternativa a la economía sumergida. No obstante, desde el Ministerio de Empleo y de la Seguridad Social ya se está investigando sus prácticas, hasta el punto de que la Dirección General de Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, ha emitido una Resolución en el que acuerda la descalificación de Factoo como cooperativa, encontrándose el caso en la actualidad en la vía judicial.

Ello se basa en el supuesto carácter instrumental de dicha organización, por simular formas de trabajo por cuenta ajena posibilitando el incumplimiento de los socios trabajadores de las obligaciones inherentes al RETA, sin que en realidad dicha cooperativa proporcione puesto de trabajo alguno, ni organice en común la producción de bienes o servicios para terceros, añadiéndose además que los trabajadores no se afilian con carácter indefinido sino solo durante escasos días.

Por otra parte, también se están incoando diversos expedientes sancionadores contra socios freelance, como ha ocurrido con diversos profesionales que facturaron a través de la plataforma Factoo. Dichos profesionales se han encontrado con procedimientos interpuestos en su contra por la Seguridad Social, que les reclama la cuota de autónomo durante el tiempo en que desarrollaron la actividad más la correspondiente sanción.

Desde Factoo, sin embargo, se defienden que no tienen cabida en su cooperativa trabajos que se hacen por cuenta ajena, sino que en su propia página web se publican con sectores propios del freelance (diseñadores web, fotógrafos, etc). Asimismo, se expulsa de la cooperativa aquellos sujetos que realmente utilizan la Plataforma con la finalidad real de evadir las cuotas de autónomos, en tanto Factoo está pensado para facturar trabajos esporádicos o proyectos específicos, siendo cierto, como se asegura desde dicha entidad, que en tales casos merece mucho la pena dicha forma de facturación, en contraposición con aquellos autónomos que facturan de forma regular.

Desde Navas & Cusí Abogados y como expertos en derecho comunitario, entendemos que las nuevas formas de trabajo son compatibles con la legislación nacional y comunitaria y una magnífica herramienta para dar salida a nuevos proyectos de diversa índole que, de otro modo, nunca podrían tener lugar. Tanto si eres uno de los tantos autónomos a los que les reclama la Seguridad Social como si están investigando tu cooperativa puedes ponerte en contacto con nosotros llamando al 915 76 11 50

 

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Navas & Cusí Abogados
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