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Nuestro bufete de abogados Navas & Cusí con sedes en Madrid y Barcelona posee carácter multidisciplinar y con una vocación internacional (sede en Bruselas), está especializado en derecho bancario , financiero y mercantil.
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La hipoteca inversa o conocida también como hipoteca revertida, es un producto financiero, el cual como característica principal es tener como únicos destinatarios  a personas mayores de los 65 años y/o personas que se encuentren en una situación de alto grado de dependencia. Dicho producto está constituyendo la nueva modalidad por la que cada día mas entidades financieras nacionales comercializan en la actualidad con el objetivo de obtener una mayor rentabilidad, todo esto y su alto riesgo hace que sea posible su reclamación.

¿En qué consiste?

Este tipo de contrato consiste en permitir disponer a la parte prestataria contratante, de parte del valor tasado de la vivienda hipotecada en garantía de este producto financiero, permitiendo disponer también en el mismo sentido, de la propiedad y el uso del inmueble.

Así pues, el principal objetivo de este tipo de contrato hipotecario es servir de complemento a las cantidades recibidas por la pensión de jubilación, siendo los potenciales clientes y como ya hemos mencionado, personas con edad superior a los 65 años con vivienda en propiedad.

No obstante y a pesar de parecer un producto con numerosas ventajas para todo aquel que lo contrata, debemos mencionar que es un producto con ciertos riesgos elevados que los contratantes deben conocer y que hoy en día están siendo objeto de reclamación ante los Juzgados.

Reclamación y nulidad

Claro ejemplo del correlativo anterior es la Sentencia Nº 395/2016, de fecha 28 de octubre de 2016 y en relación a los autos de Procedimiento Ordinario 374/2016  seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 44 de Madrid que declara la nulidad contractual de un contrato de hipoteca inversa concedida por la Entidad contra Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A. En referida resolución se declara nulo el contrato por haber existido error en el consentimiento al momento de la firma como consecuencia de que la información que se facilitó al contratante para la firma del contrato no era una información transparente y alegando en el mismo sentido que dicha actuación era contraria a la legalidad y mala fe por parte de la entidad.

Dicha declaración de nulidad conllevó a que la parte demandante fuera resarcida con una indemnización por los daños y perjuicios sufridos por referido contrato consistentes en los gastos adeudados en concepto de la cancelación de dicha hipoteca y la enorme pérdida patrimonial por haber tenido que poner a la venta de forma precipitada la vivienda para proceder a realizar la cancelación del préstamo hipotecario.

En Navas & Cusí Abogados, con despacho en Madrid, Barcelona, Valencia y Bruselas, contamos con un departamento de abogados especializados en derecho bancario y financiero, que podrá asesorarle en caso de que tenga cualquier tipo de problema con hipotecas inversas. Puede ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro formulario de contacto o llamando al 915 76 11 50

 

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Navas & Cusí Abogados
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