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Sentencia del Juzgado de Primera Instancia 3 Girona

Entidad: Bankinter S.A.

Producto: Hipoteca Multidivisa

Perfil: consumidor

Resumen:

 

Mediante Sentencia nº 946/2019 de fecha 19 de junio de 2019 el Juzgado de Primera Instancia 3 de Girona ha condenado a la entidad Bankinter S.A. a convertir y recalcular un préstamo multidivisa a Euribor, con las condiciones pactadas iniciales, así como a devolver los gastos hipotecario, siguiendo la doctrina emanada por el Tribunal Supremo.

En este caso se trata de un consumidor minorista quien, cuando acudió a la entidad financiera, la entidad BANKINTER no tuvo reparos en ofrecerle como alternativa, en el año 2008, al sistema de financiación que había tenido hasta entonces, un préstamo con multidivisa en yenes japoneses.

El juzgador de instancia recuerda que estamos ante un producto altamente complejo y de riesgo, y que la entidad financiera tenía una serie de obligaciones y deberes de información respecto a los riesgos que implicaba que el futuro demandante se endeudara en yenes japoneses.

Muy lejos de ello, no se hizo ningún tipo de advertencia por la entidad financiera, siendo que, con la información verbal otorgada no fue para nada suficiente atendiendo a los riesgos del préstamo con opción multidivisa.

El juzgador aplica el llamado doble control de transparencia, y afirma, en relación al primer control de incorporación, que la cláusula incluida en el contrato de préstamo es extremadamente larga, y su desarrollo no es para nada claro y transparente teniendo en cuenta que estamos ante un consumidor.

Y en segundo lugar, el control de transparencia, trata la información otorgada, concluyendo que la documentación aportada a la causa es muy escasa, teniendo en cuenta la carga de la prueba que tiene la entidad financiera en la causa.

Por último, en relación a los gastos, aplica la doctrina del Tribunal Supremo y, dejando aparte los gastos derivados del impuesto, sí impone los propios que corresponden según nuestro alto tribunal.

 

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