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SENTENCIA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 101 BIS DE MADRID SOBRE DEMANDA DE NULIDAD DE CLÁUSULAS DE MODALIDAD MULTIDIVISA FRENTE A BANKINTER, S.A.

 

Sentencia 5.776/2018

Producto: Hipoteca Multidivisa

Demandante: Clientes minoristas

Demandado: Bankinter, S.A.

Fecha: 29 de noviembre de 2018

Procedimiento Ordinario: 3.739/2017

RESUMEN

 

El Juzgado de Primera Instancia 101 BIS de Madrid ha estimado íntegramente la demanda interpuesta por este despacho frente a Bankinter, S.A., por la que se pretendía la nulidad de las cláusulas de la modalidad multidivisa del préstamo suscrito en fecha 2 de julio de 2007, condenando a la entidad bancaria a dejar referenciado el préstamo a euros, aplicando el interés pactado y recalculando el préstamo con la reducción al capital inicialmente solicitado por los clientes.

El principal motivo que ha llevado a la Juzgadora a declarar la nulidad de las cláusulas con opción multidivisa contenidas en el referido préstamo es la falta de transparencia por parte de Bankinter en el momento de contratación del mismo, afirmando que este tipo de cláusulas son abusivas.

Parte en primer lugar la Juzgadora del hecho de que la acción declarativa de nulidad de una cláusula abusiva es imprescriptible, por lo que no cabe alegar la excepción de caducidad invocada por la demandada.

Afirma la Sentencia, que claramente nos encontramos ante un préstamo multidivisa, y que si bien no se califica como producto de inversión, si que se trata de un producto complejo a los efectos de control de transparencia derivado de la aplicación de la Directiva sobre cláusulas abusivas. La consecuencia jurídica es el deber de información por parte de la entidad bancaria tanto en la fase pre-contractual, como contractual.

Entrando a estudiar si nos encontramos ante condiciones generales o particulares de la contratación, la Sentencia determina también, que en el presente caso, Bankinter no ha conseguido acreditar que se haya producido una negociación individual de las cláusulas descritas, por lo que las cláusulas sobre las que versa el procedimiento son condiciones generales de la contratación.

Tras estudiar la existencia de renuncia o limitación en los derechos de los clientes, la falta de información acabó por crear un desequilibrio entre las partes en perjuicio de los clientes y en consecuencia, declarar el carácter abusivo de las cláusulas multidivisa.

En conclusión, el fallo de la Sentencia determina que debe estimarse la demanda y declarar la nulidad parcial por abuso del préstamo en divisas con garantía hipotecaria por los clientes condenando a Bankinter a recalcular el importe de las cuotas y del capital pendiente a la fecha de la Sentencia.

 

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