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JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 45 DE MADRID

Sentencia Nº 74/2018

 

Producto: Hipoteca Multidivisa

Demandante: Afectados minoristas.

Demandado: Banco Popular, S.A.

Resumen

El Juzgado de Primera Instancia Nº 45 de Madrid ha declarado la nulidad de la cláusula multidivisa de un préstamo en divisas con garantía hipotecaria suscrito con Banco Popular Español, S.A. en el año 2008, préstamo que fue solicitado por nuestro representado para cancelar un préstamo hipotecario convencional que tenía suscrito con una entidad bancaria diferente.

En la sentencia dictada, se condena a la entidad demandada a la supresión del cláusula multidivisa, establece el Euro como moneda de pago del referido préstamo y que se aplique como tipo de interés el Euribor más el correspondiente diferencial.

También dictamina que se haga un recálculo del capital pendiente en euros a fecha de sentencia, reduciéndose del capital suscrito en origen, todos los importes abonados por la parte actora, tanto los referentes a amortización de capital como comisiones del tipo de cambio.

Se declara que ha de recalcularse todos los intereses devengados en euros desde el inicio de préstamo y en caso de exceso abonado por el cliente, dicha cantidad sea imputada al capital pendiente, en concepto de amortización extraordinaria.

Se imponen las costas procesales a la parte demandada.

En cuanto al proceso en cuestión, el demandante solicita un préstamo hipotecario multidivisa para hacer frente a un préstamo convencional que tenía contratado con anterioridad, el cual, se le estaba haciendo imposible de asumir dado que el Euribor no dejaba de subir

Una vez contratado el producto, sin recibir nuestro mandante el debido asesoramiento e información por parte de la entidad bancaria en fase precontractual, decide realizar diversos cambios de divisa, llegando incluso a tener que dejar de pagar su hipoteca durante unos meses.

Lo anterior no es óbice para que Su Señoría declare la nulidad del cláusula multidivisa ya que según consta en la sentencia tales hechos son llevados a cabo por el demandante con el único objetivo de mitigar su lamentable situación económica.

Tras darse cuenta que el producto contratado no se adecua ni a sus necesidades económicas ni a su perfil inversor, decide contratar los servicios de Navas&Cusí para solicitar la nulidad de su préstamo hipotecario referenciado a divisas extranjeras.

Una vez llevados a cabo todos los trámites legales oportunos, su señoría dicta sentencia estimatoria declarando la nulidad parcial del contrato.

 

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