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Cambios-Legislativos:-El-Impuesto-de-actos-jurídicos-documentados-lo-paga-el-banco-Navas-&-Cusí-Abogados-especialistas-en-Derecho-Bancario

Hoy viernes se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 17/2018, de 8 de noviembre, por el que se modifica el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (“IAJD”), aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre.

El cuerpo legal es directo y escueto, y dispone un único precepto en el que se acuerda modificar el artículo 29 de la Ley de impuestos, en el sentido de establecer que, a partir de mañana sábado 10 de noviembre, que el impuesto de Actos Jurídicos Documentados lo abonará el prestamista cuando se trate de escrituras de préstamo con garantía hipotecaria.

Así las cosas, en virtud de esta nueva norma, los bancos tendrán que pagar por Ley el impuesto de las hipotecas desde mañana sábado. Trasladado a efectos prácticos, significa que todos los contratos de préstamo hipotecario firmados a partir del lunes 12 de noviembre, el prestatario ya no tendrá que abonar el denominado impuesto IAJD porque será el banco quien, a partir de ahora, lo abone.

Además, la norma también establece que las entidades prestamistas no solo tendrán que abonar el impuesto, sino que además no se podrán deducir este gasto en el Impuesto de Sociedades.

El razonamiento que expone el Real Decreto Ley se justifica por los cabezazos sin sentido que ha venido dando el Tribunal Supremo español, quien hace apenas dos semanas presentaba una sentencia en la que anulaba el apartado 2 del art. 68 del Reglamento de Impuesto Sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Luego, el 6 de noviembre de este mismo año, el Pleno de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Supremo acordó volver a hacer recaer sobre el prestatario la obligación del pago del impuesto.

Tal como afirma el Real Decreto Ley, “esta sucesión de acontecimientos ha generado una situación de inseguridad jurídica, que afecta al mercado hipotecario en su conjunto, y que es preciso abordar con carácter inmediato”.

Por tanto, esta nueva medida no es sorpresa para nadie, y menos para las entidades de crédito.

Desde Navas & Cusí como abogados expertos en Derecho Bancario le recomendamos contactarnos en el caso de que la entidad bancaria le aplique cláusulas abusivas, puede llamarnos al 915 76 11 50 o enviar un formulario de contacto.

 

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Navas & Cusí Abogados
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