Cláusula suelo Banco CEISS
Cláusula suelo Banco CEISS
La actitud asesora de la entidad bancaria viene condicionada y claramente relacionada con la coyuntura económica que el país está viviendo en la época en que se firma este préstamo, en especial atención a la evolución de los tipos de interés. Y es que las Proyecciones del Banco Central Europeo ya pronosticaban en 2007 una baja evolución del tipo de referencia Euribor para la zona Euro. En diciembre de 2007, estas Proyecciones pronosticaban una baja en la evolución del tipo de referencia Euribor.
¿Yo tengo una cláusula suelo? ¿qué hago?
El tipo Euribor en diciembre de 2007 se situaba en un 4,71%, y el pronóstico de ese mismo mes para el 2008 rebajaba el tipo hasta un 4,50% y un 4,30% para 2009. Un cambio significativo teniendo en cuenta la evolución al alza que asumíamos del Euribor hasta la fecha.
Y no fue solo el Banco Central Europeo quien advirtió a todos sus bancos de esta previsión sino que además las mismas entidades se hacían eco de lo que estaba a punto de ocurrir en nuestra economía. Así, múltiples noticias empiezan a aparecer en los medios de comunicación.
Pues al rebajarse el nivel del tipo referencial Euribor, lo que se hace es abaratarse las hipotecas que se guíen por este índice, algo que muchos consumidores esperaban con ansia. Pero Banco CEISS se encargó de asegurarse de que sus clientes bancarios no se beneficiaran de la bajada del tipo de interés que experimentaría el Euribor a partir de 2008.
Y esta incorporación se dio sin informar previamente a los deudores hipotecarios que suscribieron los préstamos, lo que provoca jurídicamente que, mediante el inicio de una Demanda, se declare la nulidad de la cláusula suelo de Banco CEISS, con los efectos retroactivos pertinentes, es decir, la devolución recíproca de las cantidades cobradas de más por parte de la entidad CEISS por la activación de la cláusula suelo.
¿Dónde presentar la reclamación? ¿cómo reclamar la cláusula suelo?
Si usted cree que pueda tener una cláusula suelo en su escritura, lo primero que debe realizar es dirigirse a la entidad financiera para que, al amparo del reciente Real Decreto 1/2017, de 20 de enero se solicite un posible acuerdo extrajudicial en virtud del cual la entidad financiera pueda pronunciarse previamente sobre la posible devolución de las cantidades en concepto de cláusula suelo.
Esta previa reclamación debe realizarse directamente en la sucursal de la entidad financiera del consumidor o empresa. El banco tiene un plazo de un mes como máximo para poder responderle afirmando si procederá la devolución o no.
En caso de no devolución o no contestación, deberá proceder la reclamación judicial ante los tribunales.
Si usted firmó un préstamo hipotecario no con Banco Ceiss pero sí con otra entidad financiera, es posible que también pueda tener una cláusula suelo, por lo que recomendamos su revisión.
Reclamación cláusula suelo de:
- Banco CEISS
- Banco Popular
- Banco Sabadell
- Banco Santander
- Barclays
- La Caixa
- BBVA
- Catalunya Banc
- Kutxabanc
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September, 2019