Cláusula suelo Banco Santander
Cláusula suelo Banco Santander
Para corroborar lo anterior están las series históricas de los índices de referencia. Desde diciembre de 2003 hasta octubre de 2005 el Euribor estuvo por debajo del 2.5, en tanto que su máximo histórico es de 5,393, y desde Noviembre de 2008, la tendencia del índice es claramente bajista, llegando a día de hoy a niveles que rozan el 0.
Lo anterior nos lleva a una única conclusión: el techo que se impone en los préstamos hipotecarios y que asciende a cifras de más del 10% resultan prácticamente imposibles de alcanzar. Sin embargo, junto con el techo, Banco Santander impuso a centenares de deudores hipotecarios la afamada cláusula suelo – también denominada cláusula limitativa de interés-, lo que provocaba al consumido– dadas las circunstancias del mercado- un límite de sus derechos.
¿Qué hacer si tengo una cláusula suelo con Banco Santander?
Un consumidor bancario acudía a Banco Santander con la firme intención de suscribir un préstamo hipotecario. Por su parte, la entidad Santander ofertaba un tipo de préstamo indexado a una serie variable- Euribor en el 99% de los casos-, pero la realidad les mostraba algo muy distinto: con la inclusión de la cláusula suelo, los deudores hipotecarios, a partir de 2008, han visto como su préstamo variable se ha convertido por complejo en un préstamo fijo, puesto que las altas cifras de las colocadas cláusulas suelo por Banco Santander roza los 5 puntos en muchas ocasiones, con el perjuicio que lo anterior lleva aparejado y es que el cliente no puede aprovecharse de las bajadas del tipo Euribor, asegurándose la entidad bancaria unos ingresos provenientes de la diferencia.
¿Cuándo es abusiva esta cláusula suelo?
La inclusión de una cláusula suelo en un préstamo hipotecario sin un suministro de información claro, suficiente y transparente conlleva que esta cláusula pueda ser declarada nula por existir vicio en el consentimiento, además, resultando su inclusión claramente abusiva atendiendo a la Ley de Consumidores y Usuarios y la Ley de Condiciones Generales de la Contratación. Es por esta razón que muchos tribunales españoles ya han decretado la nulidad de la cláusula suelo, y en base al artículo 1303 del Código Civil, se ha producido la recíproca devolución de las cantidades pagadas de más.
¿Dónde y cómo reclamar la cláusula suelo del Santander?
Si usted cree que pueda tener una cláusula suelo del Santander en su escritura, lo primero que debe realizar es dirigirse a la entidad financiera para que, al amparo del reciente Real Decreto 1/2017, de 20 de enero se solicite un posible acuerdo extrajudicial en virtud del cual la entidad financiera pueda pronunciarse previamente sobre la posible devolución de las cantidades en concepto de cláusula suelo.
Esta previa reclamación debe realizarse directamente en la sucursal de la entidad financiera del consumidor o empresa. El banco tiene un plazo de un mes como máximo para poder responderle afirmando si procederá la devolución o no.
En caso de no devolución o no contestación, deberá proceder la reclamación judicial ante los tribunales.
Si usted firmó un préstamo hipotecario no con Banco Santander pero sí con otra entidad financiera, es posible que también pueda tener una cláusula suelo, por lo que recomendamos su revisión.
Reclamación cláusula suelo de:
- Banco CEISS
- Banco Popular
- Banco Sabadell
- Banco Santander
- Barclays
- La Caixa
- BBVA
- Catalunya Banc
- Kutxabanc
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September, 2019