A partir del 1 de enero de 2009, y después de tres siglos y medio de publicación ininterrumpida, la versión impresa del Boletín Oficial del Estado desaparece, por lo que únicamente se publicará su versión digital, que dispone de pleno valor jurídico.
Para garantizar la autenticidad, integridad e inalterabilidad del contenido del BOE, la edición electrónica publicada en la sede electrónica de la Agencia incorpora firma electrónica avanzada. Dicha firma se incorpora por separado en cada una de las disposiciones publicadas. Esto permite asegurar la autenticidad de una disposición concreta sin necesidad de descargar el diario completo.
Esta medida, que se enmarca en la Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos de 2007, supondrá la reducción de la versión impresa del boletín hasta el estricto número de ejemplares necesarios para garantizar su conservación archivística.