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A la luz del procedimiento que se sigue ante la Audiencia Nacional por el asunto de la presunta irregular salida a bolsa de las acciones de Bankia, un nuevo horizonte judicial se abre ante aquellas personas que se han visto afectadas por la compra de estos activos.

Así, la fianza impuesta por el Juez Fernando Andreu a Bankia, la matriz BFA, a su expresidente Rodrigo Rato, José Fernández Norniella, José Manuel Olivas y Franciso Verdú, supone una medida de seguridad respecto a los accionistas e inversores minoristas en la cantidad de 800 millones, siendo que la cuantía establecida se corresponde con la suma de la tercera parte de los 1.800 millones que Bankia vendió a minoristas más un 30% que la ley establece para fianzas civiles.

 

Y es que no sólo las personas que no tenían ni la capacidad suficiente, ni el perfil adecuado para la suscripción de este producto son susceptibles de entablar una acción judicial frente a la entidad financiera; sino que incluso una persona experta en la materia y con conocimientos y experiencia en bolsa podría igualmente solicitar la nulidad de la compra de acciones de Bankia, ya que -según la instrucción del caso en la Audiencia Nacional- la veracidad de  los estados financieros que se incorporaron al Folleto Informativo de la emisión “está cuestionada con sólidos y fundados indicios” . En resumidas cuentas, la falsedad de los estados financieros de la entidad en cuestión se basa en que en el momento de la salida a bolsa no se expresaba la imagen fiel de Bankia ni de su matriz BFA, y como consecuencia, ni siquiera una persona acostumbrada a invertir en bolsa podría haber advertido que las cuentas de Bankia no eran en realidad las que se reflejaban en el Folleto Informativo.

Dicho Folleto Informativo, cabe señalar, constituye en un proceso de compra de valores un documento de carácter esencial que debe estar disponible para los futuros inversores, ya que su contenido revela información precisa y detallada de la emisión de los valores que se pretende adquirir. Este Folleto, debe ser inspeccionado y aprobado por la CNMV, y se incorporará en los Registros Especiales de la CNMV. Asimismo, reseñar, que si bien en numerosas ocasiones no se entrega el Folleto Informativo en su totalidad (debido a su amplia extensión) es precio e imprescindible que se entregue al inversor un resumen del mismo antes de la suscripción.

En definitiva, las medidas acordadas por el juez Andreu van a suponer un aluvión de demandas de nulidad por vicio en el consentimiento de todos aquellos inversores que fueron inducidos por Bankia para la suscripción de acciones en el año 2011, coincidiendo con la salida a bolsa de la entidad, y que no tuvieron opción de acceder a información real de la situación de Bankia en ese momento.

 

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