El Euribor es el índice de referencia al que generalmente suelen asociarse los préstamos hipotecarios, así la cuota depende del capital, de la amortización y, en gran medida de la variación de este índice junto con el diferencial. En los préstamos de tipo fijo el cliente pagará lo mismo todos los meses, mientras que los de tipo variable dependerán de este índice.
Cómo evoluciona el Euribor
La evolución del Euribor es, precisamente, lo que hace atractivos los préstamos a interés variable, pues en función de su evolución, la cuota a pagar será mayor o menor: si el Euribor sube, la mensualidad se incrementará y si baja, será menor. Por ello, los mínimos registrados, actualmente, con respecto al Euribor, incrementan el atractivo de las hipotecas a interés variable, pues todo apunta a que los préstamos a tipo variable serán más baratos que los de tipo fijo, durante años.
Antes de contratar cualquier producto, desde Navas & Cusi Abogados, recomendamos barajar todos los escenarios posibles para ver, no solo si podríamos hacer frente a las cuotas en el mejor de los casos –es decir, con un Euribor muy bajo- sino también si este índice fuera elevado. Se expondrá mejor con un ejemplo práctico.
Cálculo de la hipoteca con Euribor positivo y Euribor negativo
Supongamos que obtenemos un préstamo de 200.000€, a devolver en 30 años, con un tipo de interés variable -Euribor más diferencial (1,2%). Imaginemos tres posibles escenarios:
- Euribor está al 0,65%: la cuota a pagar será de 555,55 + 10,28= 565,83 €
- Euribor sube al 1,5 %: la cuota a pagar será de 555,55 + 14,99= 570,55 €
- Euribor en negativo: en estos casos solo se pagará el diferencial: 555,55 + 6,66= 562,22€
Por tanto, en nuestro ejemplo, si bien los cambios que sufre la cuota total a pagar -por razón del cambio del Euribor- no son demasiado significativos, hemos de tener en cuenta los dos extremos a los que ha llegado a cotizar el Euribor, pues aunque actualmente se encuentre en negativo -0,249%, tuvo su máximo histórico a mediados de 2008, cuando llegó a superar el 5%, lo que, evidentemente, repercutiría notablemente en la cuota mensual. En nuestro ejemplo, la cuota total a pagar sería de 589,99 (=555,55 + 34,44).
En cualquier caso, lo más recomendable que el importe de la cuota no supere el 35% de los ingresos obtenido, sin olvidar el resto de gastos aparejados a la hipoteca, como los de constitución, los de productos vinculados a la misma, las comisiones, etc.
En Navas & Cusí, como despacho de abogados especialista en Derecho Bancario contamos con profesionales que podrán ayudarle a valorar las ofertas de las entidades, revisar los contratos para evitar cláusulas abusivas y a optar por lo que mejor se adapte a su situación. Puede ponerse en contacto con nosotros rellenando el formulario de contacto o llamando al 915 76 11 50
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