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En otros artículos hemos hablado de la renta fija y sus riesgos. En íntima relación con la misma, vamos a hablar de la deuda subordinada, la cual se trata también de un instrumento de renta fija.

¿Qué caracteriza a la deuda subordinada?

La deuda subordinada, debemos empezar diciendo que se trata de un producto bancario complejo y de alto riesgo, por lo que debería estar dirigido a clientes que tengan un perfil experto o inversor, y que sean capaces de comprender los riesgos.

Se trata de un producto con características prácticamente idénticas a los bonos simples. Si bien, a palabra “subordinada” ya nos hace pensar que nos encontramos ante una deuda inferior respecto a otras, y esto se refleja a la hora del cobro pues se trata de una deuda de peor calidad crediticia, y, por tanto, de mayor riesgo; si bien, a su favor, hay que destacar que ese mayor riesgo lleva aparejado una mayor rentabilidad.

¿Qué riesgo conlleva la inversión en deuda subordinada?

En efecto, este producto de renta fija conlleva ciertos riesgos a la hora de la liquidación y cobro de los bonos, pues los portadores de deuda subordinada serán los últimos en cobrar sus beneficios.

A eso se le une que el cobro de intereses y la recuperación del principal invertido suele estar sujeto a ciertas condiciones, muchas veces desconocidas por inversor y de las que la entidad bancaria no le advierte.

Estos riesgos pueden llegar a ser muy elevados, tanto que incluso los adquirentes de deuda subordinada pueden quedarse sin el dinero invertido, por sufrir la sociedad en la que han invertido una crisis interna que comporte unos malos resultados económicos o, incluso, la quiebra.

Si ha invertido en deuda subordinada sin tener un perfil experto o inversor y la entidad no le advirtió de los riesgos de su inversión, puede reclamar las pérdidas que ha sufrido, y desde Navas & Cusí Abogados, como especialistas en Derecho Bancario y Financiero podemos asesorarle personalmente. Puede ponerse en contacto con nosotros rellenando nuestro formulario de contacto o llamando al teléfono 915 76 11 50

 

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Navas & Cusí Abogados
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