Blogosfera Navas & Cusí

Nuestro bufete de abogados Navas & Cusí con sedes en Madrid y Barcelona posee carácter multidisciplinar y con una vocación internacional (sede en Bruselas), está especializado en derecho bancario , financiero y mercantil.
Contacta con nosotros
Para garantizar la calidad y la atención personalizada, atendemos con cita previa presencial o videoconferencia. No trabajamos a resultados.

¿Qué es y cómo funciona la ejecución hipotecaria?

paralización de ejecuciones hipotecarias

Durante los últimos años, debido a la crisis económica que nuestro país ha sufrido, nos hemos familiarizado con términos como desahucio, desalojo de vivienda, lanzamiento judicial, subasta, etc. Son términos relacionados todos ellos con el procedimiento de ejecución hipotecaria que proceden de la mala praxis llevada a cabo durante esos años por las entidades de crédito y cajas de ahorros, que comercializaron préstamos millonarios con clausulado abusivo y no negociado a clientes con escasos recursos económicos, obviando cualquier tipo de explicación al respecto.

En términos procesales, las ejecuciones hipotecarias son procedimientos ejecutivos que derivan del impago de cuotas hipotecarias por parte del deudor principal, es decir, el banco cuando se firma el préstamo,  se reserva el derecho de resolver el préstamo y ejecutar la hipoteca con el objetivo de vender la casa y recuperar el dinero que se le debe.

Distintos pasos para la ejecución hipotecaria

Normalmente, el banco ante el impago de varias cuotas, suele reclamar por vía extrajudicial el pago de la deuda. Pero si transcurridos unos meses, al menos tres,  ésta sigue constando impagada, iniciará el procedimiento judicial con la demanda de ejecución hipotecaria. Cuando el deudor sea notificado, se le volverá a reclamar la deuda. El deudor, podrá instar un incidente de ejecución, en caso de que existan cláusulas abusivas en el préstamo hipotecario.  Entre estas cláusulas abusivas suelen aparecer, por ejemplo,  la cláusula de vencimiento anticipado, la titulación del préstamo (que tiene lugar cuando un acreedor cede el crédito a un tercero por menor cantidad), el aval personal o las comisiones abusivas.

El siguiente paso procesal sería la subasta del bien inmueble. En este momento, el deudor tendrá de nuevo la posibilidad de paralizar la subasta pagando la totalidad de la deuda pendiente, compuesta por el principal y los intereses de demora. Si esto no ocurre, se celebra la subasta conforme a los criterios establecidos por la ley, donde normalmente el inmueble se lo adjudica el propio banco.

Finalmente, se procede al lanzamiento del inmueble en la fecha y hora señaladas. El deudor deberá en ese momento abandonar el inmueble salvo que se haya concedido una prórroga por encontrarse en una situación de especial vulnerabilidad como podrían ser tener hijos a cargo o avanzada edad.

Como consecuencia de lo anterior, lo idóneo en este tipo de casos es intentar alcanzar algún tipo de acuerdo con la entidad bancaria para evitar el inicio del procedimiento judicial y que la deuda por los intereses no siga aumentando.

En Navas & Cusí contamos con un equipo de profesionales abogados expertos en derecho bancario y financiero que podrá ayudarle en las cuestiones que le surjan y le asesoraremos de forma personalizada respecto  de la situación de su préstamo bancario o procedimiento de ejecución hipotecaria, para esto rellene el formulario de contacto o llame al 915 76 11 50

Author
Navas & Cusí Abogados
Artículo anterior Artículo siguiente