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La Comisión Nacional del Mercado de Valores, comúnmente conocida como CNMV, es la encargada de velar por el correcto funcionamiento de los mercados de valores, en el ámbito español, mediante su inspección y supervisión. Asimismo, también tiene atribuidas funciones de control respecto de los agentes que intervienen en los mercados. Para establecer las concretas funciones y su sistema de funcionamiento es preciso acudir al Reglamento de régimen interior de la CNMV.

De qué se encarga la CNMV y su función inspectora

En este Reglamento se establecen los procedimientos sobre la supervisión de los agentes -personas y entidades- que intervienen en los mercados de valores, sin perjuicio de todas las normas y disposiciones legales que también hagan referencia a dicho procedimiento, como puede ser la Ley del Mercado de Valores o los Reglamentos Europeos que traten directamente esta materia.

Inspecciones

En concreto, las funciones de supervisión e inspección se deben realizar de acuerdo con las disposiciones contenidas en los Planes de supervisión e inspección, de conformidad con los principios de actuación recogidos por el Director General de Mercados, y éstas inspecciones puede ser de carácter personal (es decir, cuando un agente se desplaza, personalmente, a las dependencias del inspeccionado) o a distancia. En cuanto se produce una inspección, debe recordarse que el personal supervisor de la CNMV tiene atribuidas facultades específicas para examinar cualquier libro, archivo, informe, registro u otro documento del ente inspeccionado; así las cosas, también puede contar con apoyo de auditores o consultores para valorar toda la información recogida en sus inspecciones.

Como ya se ha apuntado con anterioridad, estas inspecciones suelen estar aprobadas en los Planes de supervisiones e inspecciones que elaboran las Direcciones Generales de Entidades y de Mercados, anualmente, donde se recogen las previsiones de todo tipo de inspecciones y supervisiones que van a realizarse a un año vista, con sus particularidades concretas. Estos planes pueden estar sujetos a cambios o modificaciones a lo largo del año, siendo que las modificaciones deben ser aprobadas por el Comité Ejecutivo de la CNMV, órgano encargado de velar porque las previsiones se cumplan de acuerdo con lo establecido en los Planes, ya que anualmente se le remite un informe, desde la Dirección General de Entidades y Mercados, sobre las actividades de supervisión e inspección que hayan realizado.

En Navas & Cusí Abogados disponemos de un equipo de abogados especializados en Derechos del accionista y del inversor que podrá asesorarle sobre cualquier cuestión relativa a la CNMV. Puede ponerse en contacto mediante el formulario de contacto o llamando al 915 76 11 50

 

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Navas & Cusí Abogados
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