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La Sentencia de la Sección 11ª de la AP de Barcelona, revoca la Sentencia dictada por  el Juzgado de 1ª instancia de Barcelona nº  12 de Barcelona y declara la nulidad de un contrato de swap suscrito por una S.L. con Banco Popular  al  considerar acreditada la poca formación financiera del administrador sin que conste que  por la entidad bancaria se le hubiese facilitado ni alertado acerca de los efectos perversos en caso de una hipotética bajada brusca de los tipos y sin que conste entregada al mismo documentación con carácter previo ni folleto informativo ni tríptico de la operación y sin que el contenido del contrato se pueda considerar suficiente, sin que conste simulaciones ni ejemplos de las consecuencias de una bajada de los tipos de interés.

Por todo ello la Sentencia concluye que “…la falta de información contractual fue substancial y generadora de un error invencible atendidas las condiciones personales del cliente…”

 

Navas & Cusí Abogados.

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