El tratado de Libre Comercio entre la Unión Europea y los Estados Unidos conocido como la Asociación Transatlántica para el Comercio y la Inversión (TTIP en sus siglas en inglés) se encuentra en su fase final. Entre los muchos aspectos que dicho tratado regulará se encuentra la resolución de conflictos entre empresas privadas y organismos estatales.
En un principio se propuso en el Parlamento Europeo un mecanismo de arbitraje conocido como ISDS (Investor-State Dispute Settlement) cuyo funcionamiento básicamente giraba en torno a la figura del árbitro como un sujeto del sector privado encargado de dirimir los conflictos entre Estados y empresas y que actualmente está implementado en la inmensa mayoría de los tratados BIT’s (tratados de protección de la inversión).
No fueron pocos los diputados y partidos, así como entidades privadas, que se opusieron a este modelo con lo que a lo largo de este verano se procedió a presentar y debatir otros modelos que introdujeran un matiz más público a estos procedimientos, básicamente, mediante la elección de los árbitros en audiencia pública y que éstos en lugar de pertenecer al sector privado –como se establece en el ISDS- sean jueces de carrera, profesionales e independientes. Ésta fórmula de arbitraje es la que ha anunciado Cecilia Malmstrom –Comisaria de Comercio- que se adoptará en el TTIP para solucionar los conflictos, una fórmula mixta entre el arbitraje convencional que conocemos en nuestro país –cuyos árbitros se componen de sujetos privados- y el sistema judicial de jueces públicos de carrera, estableciendo un nuevo concepto de Tribunal. La finalidad de dicha alternativa es –según argumentan desde Luxemburgo (que ostenta en este período la Presidencia semestral de la UE)- garantizar la no discriminación con las empresas locales o extrajeras y evitar una prevalencia de los intereses privados frente a los intereses públicos.
Este modelo de arbitraje que está pendiente de aprobación por parte de Estados Unidos podría llevarse al resto de Tratados de Comercio que firme la Unión Europea, incluso al tratado CETA firmado entre la UE y Canadá, dando lugar así a una nueva fórmula de resolución de conflictos cuyo árbitros serán jueces de carrera –a diferencia del concepto de arbitraje clásico que se afianzó en los años setenta y ochenta, en el que los árbitros provienen del sector privado- pero cuyo procedimiento no formará parte del orden jurisdiccional ordinario sino que será una nueva instancia arbitral.
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