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Abogados Especialistas en Bonos Convertibles

Desde Navas Cusí hemos obtenido más de 470 sentencias favorables contra la mala praxis de entidades bancarias en todo el país.
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Bonos Convertibles

Desde Navas & Cusí hemos obtenido más de 470 sentencias favorables contra la mala praxis de entidades bancarias en todo el país, como Bankia, BBVA, Banco Popular, Banco Santander, Caixabank, Banco Mare Nostrum, Banco Sabadell, LiberBank, etc.

¿Qué son los bonos convertibles y/o canjeables?

Los bonos convertibles son considerados un producto financiero de alto riesgo y complejo. Complejo porque implica tener unos conocimientos específicos acerca de este tipo de inversiones; y de riesgo en tanto en cuanto dependen directamente de la solvencia y evolución de la entidad financiera que los ha emitido.

La convertibilidad supone la posibilidad de transformar un activo financiero en otro. Así, una determinada obligación (bono) puede convertirse en una acción o en otra clase de obligación. Las obligaciones convertibles o canjeables permiten a su propietario canjearlas por acciones en una fecha determinada.

Hasta la fecha de conversión o canje, el inversor recibe los intereses mediante el cobro de cupones periódicos. El número de acciones que se entregarán por cada bono u obligación, la forma de determinar los precios, así como las fechas de canje o conversión, se especifican en el Folleto Informativo publicado por la entidad financiera emisora.

¿Qué tipo de bonos existen y quién los emite?

Varias han sido las entidades que han comercializado bonos. De hecho, la emisión de bonos supone un instrumento para que los bancos puedan capitalizarse. Así, emiten unos bonos en los que se acuerda el pago de una rentabilidad bastante atractiva (entre un 6-10%), con el riesgo de pérdida de capital unido a la evolución favorable (o desfavorable) de la entidad.

Algunas de estas entidades las recordamos porque emitieron bonos aun a sabiendas y sin informar a sus clientes de que la situación de la entidad no era muy favorable a corto o medio plazo. Una prueba de ello son los famosos bonos convertibles de Banco Popular, los cuales, al finalizar el contrato y al convertirse en acciones, la delicada situación del banco provocó una pérdida de inversión inicial de hasta el 70% a los inversores.

Otro caso es el de Banco Espírito Santo, el cual comercializó bonos con alta rentabilidad incluso días previos de su quiebra.

Banco Santander también es recordado por la comercialización de los llamados bonos convertibles contingentes (CoCo’s) y también Barclays.

¿Quién y cómo se puede reclamar?

En caso de que la entidad financiera que comercializó los bonos convertibles no cumpliera con su deber de diligencia e información transparente, se puede interponer una reclamación judicial, cuyo resultado en caso de estimarse procedente será la devolución al consumidor o inversor del capital invertido en los referidos bonos, así como los intereses legales que procedieran.

Asesoramiento y reclamación para afectados por bonos convertibles

El despacho pone a disposición de los suscriptores de bonos convertibles un servicio especializado de asesoramiento, representación jurídica y defensa legal, dirigido a empresas y particulares con el objetivo de recuperar el dinero invertido en los ya mencionados bonos convertibles.

Las entidades financieras dieron facilidades crediticias a sus clientes para la adquisición de estos bonos convertibles. Actualmente, y después de la bajada de los precios de las acciones a día de hoy, los inversores deberán afrontar la compra obligada de acciones con bajadas de entre el 50% y el 75% de su valor de emisión, debiendo, además, devolver los créditos que sirvieron para financiar la compra de los bonos.

Navas & Cusí, despacho de abogados experto en Derecho Bancario y Financiero, con amplia experiencia en procedimientos judiciales contra la mala práctica bancaria, quiere ayudarte a conseguir la nulidad de tus bonos convertibles.

Somos un bufete de abogados especializado en la reclamación de bonos convertibles en los juzgados y tribunales de este país para conseguir la nulidad de los contratos y la restitución de las cuantiosas pérdidas sufridas por los inversores a causa de la incorrecta comercialización de estos productos por parte de las entidades financieras, en los casos en que hayan incumplido sus deberes de transparencia e información durante el proceso de contratación; omitiendo la normativa aplicable a las entidades que operan en el mercado de valores.

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