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La Hipoteca Multidivisa es un producto financiero que fue comercializado masivamente por las entidades financieras entre los años 2006 y 2007. La razón principal por la que los clientes minoristas y ajenos a este tipo de productos complejos accedieron a firmar este tipo de préstamos hipotecarios fue por la falta de transparencia de los Bancos a la hora de ofertarlos.

El principal atractivo que tenían en esa época era que se pagaba una cuota menor con respecto a las hipotecas convencionales, el motivo, era que el índice de referencia en la hipoteca multidivisa es el Libor, mientras que en cualquier préstamo hipotecario convencional es el Euribor. En ese período, los años 2006 y 2007, el Euribor experimentó una escalada sin precedentes, lo que se traducía en un incremento de las cuotas de forma muy significativa que hacía a los prestatarios que el pago de la hipoteca se hiciera muy difícil. Por ello, cuando las entidades bancarias sacaron al mercado estos préstamos hipotecarios complejos, los clientes que sólo buscaban pagar menos cuota accedieron a contratar este producto bancario y financiero en la creencia de que no entrañaba ningún riesgo.

Pero con el paso de los años, la verdad se ha destapado y la complejidad de las hipotecas multidivisa ha salido a la luz. Tanto es así que los prestatarios han visto con horror como pese a haber ido pagando las cuotas religiosamente durante más de 10 años, no sólo no han amortizado capital sino que deben aún más dinero que lo que le prestó el Banco.

¿Cómo puedo hacer una reclamación de una hipoteca multidivisa?

Es la pregunta que se hacen los afectados, pues bien, desde nuestro punto de vista la solución sería demandar al Banco solicitando al Juzgado correspondiente que declare la nulidad de la cláusula multidivisa que contiene el préstamo hipotecario litigioso. Por nuestra experiencia, las entidades financieras no suelen anular la cláusula multidivisa con una queja al departamento de atención al cliente, sino que es necesario acudir a la vía judicial para que ello ocurra.

Así las cosas, el fundamento principal por el cual el Tribunal Supremo en su Sentencia de fecha 15 de noviembre de 2017 consideró abusivas las cláusulas multidivisas contenidas en hipotecas multidvisas fue porque detectó falta de transparencia por parte de las entidades financieras en el momento de comercializarlas.

En este sentido, el Tribunal Supremo ajustó la jurisprudencia en nuestro país a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 20 de septiembre de 2017, que también destacó el carácter abusivo de la cláusula de cambio de divisa contenida en préstamo hipotecario si ha mediado falta de transparencia o se prueba que el Banco incumplió sus deberes de información para con el cliente. Por lo que la escritura de préstamo hipotecario, así como toda la información que recibió el cliente antes de suscribir la hipoteca multidivisa, será crucial en el caso concreto para determinar si efectivamente hay falta de transparencia o no.

Para todos los afectados por este producto bancario, que estén en vías de buscar una solución, es preciso que se pongan en contacto con algún abogado especialista en la materia para que pueda examinar si se puede reclamar la nulidad por abusividad de la cláusula multidivisa contenida en el préstamo hipotecario. La documentación necesaria que tendrá que valorar el abogado es la escritura de la hipoteca multidivisa, la información precontractual que le haya facilitado la entidad financiera antes de contratar (oferta vinculante, folleto informativo, etc.) los recibos/ cuotas del préstamo para determinar qué tipo de cambio se les ha aplicado y así poder hallar las pérdidas que este producto les ha ocasionado, y cualquier información que pueda ser relevante para el caso concreto.

Si eres afectado por Hipoteca Multidivisa desde Navas & Cusí Abogados te podemos ayudar, contamos con más de 30 años de experiencia en Derecho Bancario y somos abogados expertos en Nulidad de Hipotecas Multidivisas, puedes contactar con nosotros mediante el formulario de contacto o llamando al 934 87 97 11

 

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Navas & Cusí Abogados
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