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Tipos de sociedades ESIS

Las empresas de servicios de inversión son aquellas sociedades cuya actividad principal consiste en asesorar y prestar servicios financieros, profesionales, a terceros sobre instrumentos financieros.

Encontramos dentro de las ESIS, tres tipos de sociedad muy usuales:

Sociedades de valores -SV-

Agencias de valores -AV-

Sociedad gestora de carteras -SGC-

Requisitos de constitución | Sociedades ESIS

Esta actividad empresarial está situada en un sector económico muy regulado y específico, en el que para poder iniciar su actividad es necesario cumplir unos requisitos de constitución imprescindibles.

Solicitud de autorización

En esta solicitud se informa a la autoridad competente (CNMV), sobre los datos generales de la sociedad de inversión que queremos constituir. En concreto, hacemos referencia a la información principal como: Datos de identificación, persona de contacto con la CNMV e información acerca del capital, accionariado, órgano de dirección y otra información de la empresa. Este es un documento base al que después se la añade información complementaria.

Proyecto de Estatutos Sociales

Junto a la solicitud de autorización, debe acompañarse un proyecto de Estatutos Sociales y un certificado negativo registral de la denominación social propuesta.

Los Estatutos sociales deben contener un capital social mínimo totalmente desembolsado en efectivo. También existe un importe mínimo de capital social dependiente del tipo de ESI que estemos constituyendo.

  • 730.000 € para – SV-
  • 50.000 euros a 730.000 euros para – AV- en función de la actividad prevista.
  • 50.000 euros más un seguro de Responsabilidad con una valoración mínima anual de 1.500.000 euros para una – SGC –

Consejo de Administración

La CNMV  debe conocer los miembros que componen el consejo de Administración de una ESIC. La ley exige un consejo mínimo de tres personas (sean físicas o jurídicas), las cuales deben cumplir un cuestionario de honorabilidad y presentar su Curriculum Vitae.

Estructura accionarial y de grupo

En la  propia solicitud de autorización tendrán que inscribirse los accionistas directos e indirectos que posea la entidad, junto a su participación porcentual en los derechos políticos y económicos.

Si los accionistas tuvieren una participación significativa, las personas físicas deberán presentar  información sobre su trayectoria y actividad profesional y si son personas jurídicas aportarán estatutos, cuentas anuales e informe de gestión, con los informes de auditoría.

Programa de actividades

El programa de actividades consiste en un documento donde se explica el plan de negocios previsto (volumen de negocios, zona de actuación) para la sociedad de inversión. En él, se especificaran las actividades y servicios que se ofrecerán, los instrumentos financieros que se pretenden utilizar, y la clientela a la que está destinada dichos servicios.

Estructura organizativa

En este punto debe detallarse la organización administrativa y contable (departamentos, funciones, medios) de la sociedad. Se dispondrán de procedimientos, mecanismos  y políticas de organización interna, control y funcionamiento  y los  planes de gestión de riesgos, contra el blanqueo o contra la financiación del terrorismo.

Compromiso de adhesión al Fondo de Garantía de Inversiones

Se presentará un escrito donde la sociedad se comprometa a adherirse al Fondo de Garantía de Inversiones

La resolución administrativa será motivada y deberá notificarse por la CNMV dentro de los seis meses siguientes a la recepción de la solicitud o al momento en que se complete la documentación exigible.

En Navas & Cusí Abogados y gracias a nuestro equipo multidisciplinar ofrecemos el asesoramiento de nuestros abogados expertos en los derechos del accionista y del inversor. 

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Navas & Cusí Abogados
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