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Actualmente, cada vez son mas los inversores que reclaman la adquisición realizada en CFDs para recuperar las pérdidas sufridas, especialmente en aquellos casos en los que los inversores carecen de amplia experiencia en este sector y  en el que los intermediarios no hayan explicado debidamente los riesgos de este productos, es decir,  la alta probabilidad de asumir numerosas perdidas, centrándose exclusivamente en las ganancias que  este producto complejo, les pudiera generar.

Alerta CNMV sobre empresas de inversión chipriotas

Entre todos los intermediarios es de destacar que la CNMV ha alertado recientemente del gran número de empresas de inversión con domicilio en Chipre, que llevan a cabo practicas excesivamente agresivas en la comercialización de estos productos complejos, en diferentes países de la Unión Europea.

Uno de los principales problemas a los que se enfrenta el consumidor, a la hora de abordar este tipo de pleitos es cuando los intermediarios tienen su domicilio en cualquier país fuera de España, porque es entonces cuando nos preguntamos: ¿Dónde debemos interponer la demanda?

Competencia para interponer la demanda

Las instituciones europeas se han pronunciado al respecto y es que se debe proteger a la parte débil, en este caso al consumidor, permitiendo interponer la demanda ante los tribunales del estado miembro del inversor, que suele ser donde se ha llevado a cabo la operación con independencia de la ubicación de las empresas prestadoras de servicios.

En este sentido, esta cuestión también ha sido abordada por la jurisprudencia, así, para aquellos casos en los que exista una cláusula de sumisión expresa en el contrato a favor de los tribunales donde radique la empresa de inversión,  podrá declararse la misma como nula.

Considera que esta clausula obstaculiza el ejercicio de acciones judiciales por parte del inversor, concluyendo que las clausulas expresas contenidas en los contratos de adhesión a favor del juzgado de la sede el empresario serán  nulas e ineficaces, considerando que el interponer la demanda en el domicilio del inversor, o donde se haya realizado la inversión, es el lugar más ajustado a derecho, pues reúne  todas las garantías para que la sustanciación del procedimiento sea eficaz.

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Navas & Cusí Abogados
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