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La pandemia generada a causa del Covid-19 ha tenido consecuencias muy duras para todos los países del mundo. Tal es así que, la sociedad y la economía se han visto arrastradas por los efectos de una enfermedad que ha parado lo que antes entendíamos como nuestra vida habitual, provocando que todas nuestras costumbres cambien y evolucionen a la adaptación de la llamada “nueva realidad”.

Esta situación generada desde que se desató la pandemia, ha dado lugar a confinamientos y a restricciones de movilidad que han provocado una paralización de la economía y, como consecuencia, la ruina de una gran parte de sectores económicos. Como consecuencia de ello, la economía de los 27 Estados miembros de la Unión Europea requiere una estimulación, y para ello es preciso que los agentes económicos obtengan ayudas externas que favorezcan la recuperación de la economía mundial.

Desde Navas Cusí, contamos con un grupo de abogados especialistas en Derecho Comunitario y Europeo, que han plasmado en las siguientes líneas los puntos más relevantes a tener en cuenta.

Composición del presupuesto de los fondos europeos la UE y de recuperación post 2020.

Para mitigar las consecuencias generadas por la crisis sanitaria, las instituciones Unión Europea han ideado un plan de ayudas económicas para los países miembros aprobado el 17 de diciembre de 2020, y que es conocido como el Marco Financiero Plurianual (MFP). Esta herramienta prevé dotar a los 27 Estados miembros de una financiación de hasta 1,0743 billones de euros durante el periodo comprendido entre 2021 y 2027. A este fondo debe sumársele otro instrumento de recuperación llamado “Next Generation EU” compuesto por 750.000 millones de euros, y cuya creación tuvo lugar en mayo de 2020. Dentro de este último, destacan dos instrumentos de financiación:

  • El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) compuesto por 672.500 millones de euros en forma de subvenciones y préstamos; y
  • La Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-UE) compuesta por 47.500 millones de euros.

Además, a diferencia de los fondos estructurales de la UE, estos mecanismos pretenden apoyar amplios programas de inversión y de reforma con objetivos intermedios con el fin de medir los avances, en vez de reembolsar los costes concretos que tengan lugar. Además, los paquetes de ayudas mencionados están íntimamente relacionados con los principales objetivos de la UE: la convergencia socioeconómica, el Pacto Verde Europeo y la transformación digital.

Por lo tanto, siguiendo con los programas expuestos, la Unión Europea será dotada de un presupuesto de financiación sin precedentes que alcanza los 1,8 billones de euros, y que, junto a la vacunación masiva, tiene por objeto apoyar la recuperación económica y social de los países de la Unión. Dicho esto, y a modo de síntesis, debemos diferenciar dos programas de recuperación distintos:

El Marco Financiero Plurianual (MFP) para el período 2021-2027.

Aprobado por el Parlamento Europeo, y adoptado por el Consejo por medio del Reglamento 2020/2093 del Consejo de 17 de diciembre de 2020 por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027. Este instrumento prevé un total de créditos de pago que asciende a la cantidad de 1,0743 billones de euros a precios de 2018.

El programa “Next Generation EU”

Aprobado a través del Reglamento 2020/2094 del Consejo de 14 de diciembre de 2020 por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, a través del cual se prevé una financiación de un total de 750.000 millones de euros a precios de 2018. Este se compone a su vez de varios instrumentos principales creados para combatir las consecuencias provocadas a causa de la crisis sanitaria. En concreto, tal y como venimos mencionando, cabe destacar el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Reglamento 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y al Programa “React EU”, aprobado a través del Reglamento 2020/2221 de Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de diciembre de 2020.

Ambos programas, tal y como desglosaremos a continuación, abarcan un total de siete ámbitos de gasto distintos, y proporcionan el marco para la financiación de casi cuarenta programas de gasto de la UE.

Marco Financiero Plurianual (2021-2027)

Tal y como hemos dispuesto, de los mencionados 1,0743 billones de euros provenientes del Marco Financiero Plurianual, se destinarán las siguientes cantidades a sectores y ámbitos concretos:

  • 132.800 millones de euros están dirigidos al ámbito del Mercado único, innovación y sector digital. Dicho presupuesto alcanzará los 143.400 millones de euros, con financiación adicional procedente de “Next Generation EU”. En concreto, de este presupuesto, 88.200 millones de euros se destinarán a investigación e innovación; 35.000 millones de euros a inversiones estratégicas europeas y 13.400 millones de euros al ámbito del espacio.
  • 377.800 millones de euros están destinados al ámbito de la Cohesión, resiliencia y valores. Dicha cantidad se verá aumentada hasta alcanzar los 1.0997 billones de euros con financiación adicional procedente de “Next Generation EU”. En particular, 290.600 millones de euros se dirigirán al desarrollo regional y cohesión; 693.000 millones de euros a recuperación y resiliencia; y 115.800 millones a la inversión en personas, cohesión social y valores.
  • 356.400 millones de euros de financiación se dirigen al ámbito de Recursos naturales y medio ambiente. Se pretende que esta cantidad alcance los 373.900 millones de euros con la contribución del programa “Next Generation EU”. De este presupuesto, 350.400 millones de euros irán destinados al sector agrícola y a la política y 22.800 millones de euros al ámbito del medio ambiente y a la acción por el clima.
  • 22.700 millones de euros van dirigidos al ámbito de la Migración y gestión de las fronteras. En concreto, en cuestiones migratorias se invertirán 9.800 millones de euros y 12.700 millones a la gestión de las fronteras.
  • 13.200 millones de euros se destinan al ámbito de la Seguridad y defensa. De esta cantidad, se destinarán 4.100 millones de euros a cuestiones de seguridad, y 8.500 millones al ámbito de defensa.
  • 98.400 millones de euros se dirigen a materias relativas a la Vecindad y resto del mundo. Este presupuesto queda dividido en 85.200 euros dirigidos a la acción exterior, y 12.600 euros a la ayuda de pre-adhesión.

Pues bien, de conformidad con lo expuesto, resulta evidente que la UE, con el fin de aliviar las consecuencias económicas y sociales de la pandemia, ha apostado por centrarse en áreas claves de su política actual, es decir, la transición verde, la transformación digital, la cohesión económica y la competitividad, así como la cohesión social y territorial. A continuación, incluimos una tabla en la que aparece desglosado cada una de las cantidades presupuestarias que se repartirán entre 2021 y 2027:

Next Generation EU

Este programa, aprobado por los líderes de la UE el 21 de julio de 2020, pretende estimular de manera equitativa la recuperación y la resiliencia económica, tras las consecuencias derivadas de la crisis provocada por el Covid-19. A través de este, se persigue apoyar a los Estados miembros en su recuperación; relanzar la economía; incentivar la inversión privada; así como extraer las enseñanzas de la crisis en materia de salud e investigación de cara a futuras crisis. Todo ello garantizando el respeto del compromiso adoptado por la UE en materia de transición hacia una economía ecológica y digital. Para cumplir con estos objetivos, el programa “Next Generation EU” se divide en siete programas de financiación distintos:

  • En primer lugar, conviene destacar el ya mencionado Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, dotado de 672.500 millones de euros. Tal y como se dispone en el Reglamento 2021/241 que lo aprueba, de dicha cantidad, hasta 312.500 millones de euros irán dirigidos a un programa de financiación; mientras que, 360.000 millones de euros se pondrán a disposición de los Estados miembros en forma de préstamos. Estos tienen como objetivo poner en marcha la recuperación y la resiliencia económica y social a través del apoyo a las reformas y las inversiones.
  • Otro de los instrumentos más destacados de este programa es la meritada Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa o “React UE”. Dotado de 47.500 millones de euros, se trata de un recurso adicional que plantea un plan de recuperación a largo plazo. En la práctica, estos recursos están siendo utilizados en operaciones en el ámbito de la educación, la sanidad y los servicios sociales.
  • Por otro lado, hasta 1.900 millones de euros se destinarán al Mecanismo de Protección Civil de la Unión (“rescEU”), y que tiene como función dar respuesta ante una emergencia que sobrepasa las capacidades de respuesta de un Estado miembro.
  • A su vez, un total de 5.000 millones de euros irán dirigidos al programa Horizonte Europa que tiene por objeto la investigación y la innovación. Este proyecto pretende fortalecer las bases científicas y tecnológicas de la Unión; estimular la capacidad de innovación, la competitividad y los empleos; así como apoyar el modelo socioeconómico y los valores de la UE.
  • 10.000 millones de euros se dirigirán al Fondo de Transición Justa, que pretende impulsar programas de apoyo a los territorios en su transición hacia una economía neutra desde el punto de vista climático.
  • 7.500 millones de euros se destinarán al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (“Feader”), que tiene por objeto el desarrollo de zonas rurales.
  • Hasta 5.600 millones de euros se invertirán en el Fondo “InvestEU”. Se trata de un programa de inversión que pretende impulsar la economía europea a través de garantías presupuestarias y gastos relacionados para programas destinados a apoyar operaciones de inversión en el ámbito de las políticas internas de la Unión.

Criterios para la asignación de programas de financiación de la UE.

En cuanto al procedimiento de asignación de este tipo de presupuestos a largo plazo, conviene destacar que el método a seguir en el caso del programa “Next Generation UE”, consiste en que los Estados miembros deben presentar Planes nacionales de recuperación, transformación y resiliencia en los que se definan programas de actuación con el objetivo de intensificar el crecimiento, la creación de empleo y la resiliencia económica y social, así como de acelerar las transiciones ecológica y digital. En relación con esto último, estos planes deben incluir estrategias detalladas para afrontar retos concretos de cada Estado, debiendo tratarse de problemas que hayan sido previamente identificados en informes del Semestre Europeo, regulado en el artículo 2 bis del Reglamento (CE) nº 1466/97. Además, es requisito obligatorio cumplir con las siguientes condiciones:

  • Al menos el 37% total del gasto deberá ir dirigido a inversiones y reformas que apoyen los objetivos de la acción por el clima.
  • Toda inversión deberá respetar y cumplir con el principio de no causar daños significativos al medio ambiente.
  • Se dedicará al menos un 20% del gasto a apoyar la transición digital.
  • Los planes que se propongan deberán incluir medidas que protejan los intereses financieros de la UE y en todo caso, deberán prevenir la corrupción, el fraude y los conflictos de intereses.

Por lo tanto, al menos el 57% de los proyectos deberán fomentar el área medioambiental, así como de digitalización, siendo ambos dos de los compromisos principales de la política actual de la UE.

Asignación correspondiente al Reino de España.

El programa “Next Generation UE”, tiene por objeto facilitar a los 27 Estados miembros apoyo económico por medio de transferencias directas y préstamos, con el fin de incrementar las inversiones públicas y acometer reformas que contribuyan a la recuperación de la economía.

La asignación para cada uno de los Estados se ha calculado a partir de indicadores demográficos; del PIB per cápita; de la tasa de desempleo media de los últimos 5 años y de la caída económica como consecuencia de la pandemia generada por el Covid-19. Además, la concesión de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), provenientes del programa “Next Generation UE”, se prevé en dos tramos:

  • El 70% de la financiación se calculará sobre indicadores anteriores a la emergencia sanitaria.
  • El restante 30% se decidirá en 2022 en función de la evolución económica que tenga lugar entre 2020 y 2021.

Pues bien, según fuentes oficiales del Gobierno de España, de los 672.500 millones de euros de los que está dotado este mecanismo, España accederá a un total de 140.000 millones de euros entre 2021 y 2026, de los cuales cerca de 70.000 millones serán en forma de transferencias, mientras que el resto de financiación provendrá, por un lado, del MRR con una asignación de 59.168 millones de euros; y por otro del instrumento “React-EU”, que destinará a nuestro país 12.436 millones de euros.

En concreto, el MRR se repartirá a través de los diferentes Ministerios, siendo su repartición porcentual la siguiente: 28% al Ministerio de Transición Ecológica; 21% al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; 15% al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital; 8% al Ministerio de Educación y Formación Profesional; 7% al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo; 5% al Ministerio de Ciencia e Innovación; y 4% al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Por otro lado, el presupuesto otorgado por medio del programa “ReactEU” irá dirigido al Ministerio de Sanidad a través del Programa Operativo Plurirregional de España (POPE). En cuanto a esto último, conviene reseñar que, solo 24.198 millones de euros de este instrumento financiero se canalizarán por este programa, es decir solo un 10% será controlado por el Ministerio de Sanidad siendo que, los 10.000 millones de euros restantes, es decir, el 80% de la financiación, estará controlada por las autoridades sanitarias de las Comunidades Autónomas.

Acceso a empresas a los fondos europeos

El acceso de las empresas a este tipo de fondos viene regulado por medio del Real Decreto-Ley 36/2020, cuya publicación tuvo lugar el 31 de diciembre de 2020. A través de este se introdujo una nueva figura de colaboración público-privada para la ejecución de políticas públicas, los llamados Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTES). Por medio de estos se pretende alcanzar la ejecución de distintos proyectos tractores contemplados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia presentado por el Gobierno de España el 7 de octubre de 2020. Este plan se basa en cuatro líneas: España verde, España digital, España sin brechas de género, y España cohesionada e inclusiva. A su vez, la reforma estructural se pretende alcanzar a través de la ejecución de las siguientes políticas:

  1. Agenda urbana y rural y lucha contra la despoblación.
  2. Infraestructuras y ecosistemas resilientes.
  3. Transición energética justa e inclusiva.
  4. Una administración para el siglo XXI.
  5. Modernización y digitalización del ecosistema de nuestras empresas.
  6. Pacto por la ciencia y la innovación y refuerzo del Sistema Nacional de Salud.
  7. Educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de capacidades.
  8. Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo.
  9. Impulso de la industria de la cultura y el deporte.
  10. Modernización del sistema fiscal para un crecimiento inclusivo y sostenible.

Aquellos proyectos que se presenten necesitarán previamente la admisión del Consejo de Ministros que será quien los declare como Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica. Para ello, se deberán tener en cuenta una serie de criterios de valoración recogidos en el artículo 8 del Real Decreto-Ley 36/2020:

  • Deberán representar una importante contribución al crecimiento económico, a la creación de empleo y a la competitividad de la industria y economía española.
  • Deberán tener un carácter innovador importante o un aporte un valor añadido significativo en términos de I+D+I.
  • Deberán permitir combinar conocimientos, experiencia, recursos financieros y actores económicos, con el fin de remediar importantes deficiencias del mercado.
  • Deberán presentar una importancia cualitativa o cuantitativa, así como un alcance particularmente grande.
  • Deberán favorecer la integración y el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas, así como el impulso de entornos colaborativos.
  • Deberán contribuir de forma concreta, clara e identificable a uno o más de los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Además, el decreto distingue dos clases de PERTE: Por un lado, los consistentes en un proyecto único, definido en cuanto a sus objetivos y modalidades de ejecución; y los que se configuran como un proyecto integrado, consistente en un grupo de proyectos que formen parte de una estructura, un plan de trabajo o un programa comunes debiendo compartir el mismo objetivo y tener el mismo enfoque sistémico.

Pues bien, dicho esto, para que una empresa privada sea susceptible de ser seleccionada para la ejecución de un PERTE, primero deberá inscribirse en el en el Registro estatal de entidades interesadas en los PERTE, siendo este un requisito necesario para que la entidad pueda ser beneficiaria de ayudas provenientes de los fondos europeos. Una vez realizado este paso, la tramitación de solicitudes se realizará a través de las sedes electrónicas de los departamentos ministeriales y organismos competentes donde se encuentre publicada la oferta.

Por otro lado, en lo que respecta a la adjudicación de estos proyectos, estos se tramitarán a través de convenios administrativos en los términos recogidos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Además, con el fin de evitar la burocratización administrativa y acelerar los plazos, se ha acordado en el Real Decreto-Ley que, la tramitación de los convenios se realizará por medio del procedimiento de urgencia lo que permite una reducción hasta la mitad de ciertos plazos.

Además, de manera excepcional, de conformidad con el artículo 53 del Real Decreto, los contratos de suministros y de servicios de carácter energético contarán con una duración máxima que se ha ampliado a 10 años (siendo por norma general de 5 años) y, la tasa de descuento en contratos de concesión de obras y servicios, se calculará aplicando el rendimiento medio en el mercado secundario de la deuda del estado a 30 años.

 

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Navas & Cusí Abogados
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