Blogosfera Navas & Cusí

Nuestro bufete de abogados Navas & Cusí con sedes en Madrid y Barcelona posee carácter multidisciplinar y con una vocación internacional (sede en Bruselas), está especializado en derecho bancario , financiero y mercantil.
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Los avales ofrecidos por personas físicas a sociedades mercantiles con las que no tengan vinculación serán nulos por abusivos. Así lo señala una reciente sentencia del 14 de septiembre del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.En realidad lo que dice Luxemburgo es que los avales altruistas son nulos por abusivos. ¿Por qué iba a avalar alguien un crédito sin mediar interés? Sólo hay una respuesta: por presiones abusivas de las entidades financieras.

Lo lógica es muy sencilla: si alguien no se beneficia por ser avalista, tampoco debe resultar perjudicado.

Luxemburgo anula los avales altruistas

¿Qué trascendencia tiene esto?

Toda. Porque desgraciadamente los avales altruistas forman parte de las malas praxis bancarias. Primos, hermanos, padres, vecinos. Hay millones de casos donde la relación con el hipotecado es de mera afectividad, sin mediar interés alguno. Y todos serían nulos, según Luxemburgo.

¿Es aplicable a España?

No sólo es aplicable a España, sino que ya se estaba aplicando. El pasado mes de julio, nuestro despacho Navas & Cusí logró que el juez declarara la nulidad de avales de unas hijas sobre la hipoteca multidivisa del BBVA.

Más recientemente, el juzgado de lo mercantil nº 1 de Palma de Mallorca anuló el aval impuesto por la entidad a los padres en la hipoteca de su hija por ser impuesto de manera unilateral.

¿Es aplicable también al ámbito mercantil?

También. Aunque parezca increíble, hay empresas que utilizan a trabajadores o terceras personas sin vinculación a la empresa para que les avalen los préstamos. Nosotros tenemos el caso de una empresa con 9 créditos cuyo avalista es uno de sus empleados.

¿Cuál es el interés del empleado en avalar la empresa? Exclusivamente salvaguardar su puesto de trabajo. ¿Por qué avala? Porque la empresa se lo sugiere-reclama-exige. ¿Por qué se lo exige su empresa? Porque se lo exige el banco. Es lo que Luxemburgo considera abusivo y por tanto nulo.

Navas & Cusí ha puesto en conocimiento de la prensa esta importante sentencia. Muchos han sido los medios que se han hecho eco: Cinco Días, Diario16, El Mundo Financiero, LawyerPress y Confilegal.

Otros muchos siguen mostrando interés por esta trascendental noticia.

Nosotros seguiremos en vanguardia. Y lo haremos porque somos de los pocos despachos que invierten en conocimiento y tienen oficina en Bruselas.

Estamos especializados en derecho comunitario, pendientes de la nueva normativa europea y de las sentencias de Luxemburgo que puedan tener trascendencia para nuestros clientes.

Un paso más en la defensa de los consumidores de productos bancarios y financieros. Un coto más en las malas prácticas bancarias. Una victoria más para nuestro despacho, especializado en derecho mercantil y financiero, conflictos societarios y derecho europeo.

Navas & Cusí Abogados

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